Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Feria. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (04549/2024)
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
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Ayuntamiento de Feria
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
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Feria (Badajoz)
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Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica
APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE
TRACCIÓN MECÁNICA
El Pleno del Ayuntamiento de Feria, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de septiembre de 2024, acordó la aprobación
inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días a contar desde el siguiente al de su publicación de
este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 3, del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Feria, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Marcelo Pérez Perera.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE
TRACCIÓN MECÁNICA
El Pleno del Ayuntamiento de Feria, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de septiembre de 2024, acordó la aprobación
inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días a contar desde el siguiente al de su publicación de
este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 3, del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Feria, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Marcelo Pérez Perera.
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