Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. (04508/2024)
Modificación del Programa de Activación para el Empleo Local
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 4508/2024
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las
administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción
de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local
destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.
o) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de
las tecnologías de la información y las comunicaciones.
p) Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de
género.
Por otra parte, de conformidad con los artículos 43 y 45 de la misma ley, ostentando la financiación de los municipios y del
resto de entidades locales carácter incondicionado, con la finalidad de velar por el equilibrio territorial y la realización
efectiva del principio de solidaridad, en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, se
establece un fondo incondicionado, proveniente de los ingresos tributarios de la Comunidad, a distribuir entre los
municipios en función de factores concernientes a población, con especial atención a la población total menor de 25 años y
mayor de 65 años; necesidades de gasto; inversa de la capacidad fiscal; inversa de la renta per cápita y desempleo, para el
que el Consejo de Política Social desarrollará las funciones relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, en
su artículo 15.1.c, en lo referido a las materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios disponen,
entre otras, competencias para el "… desarrollo local económico y social y políticas de fomento o planes locales de empleo".
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los municipios contribuyen a satisfacer
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad financiera.
Conviene mencionar también que la disposición final segunda del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado laboral,
introduce una nueva disposición adicional novena en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en relación a los contratos vinculados a programas de activación para el empleo,
determinando que las administraciones públicas y, en su caso, las entidades sin ánimo de lucro podrán realizar contratos
para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de programas de activación para el empleo, con una
duración no superior a 12 meses.
2. Grupos de población destinatarios del Programa.
El Programa de activación para el empleo local de Los Santos de Maimona, promueve la creación de empleo en el municipio
atendiendo a las personas en situación de desempleo en general. No obstante, se establecerá un foco de prioridad sobre los
grupos de población a quienes resulta más difícil el acceso al mercado laboral de nuestro territorio, entre los que
destacamos:
- Personas jóvenes.
- Mujeres.
- Personas en situación de paro de larga duración.
- Personas con discapacidad.
- Inmigrantes.
- Demandantes de empleo en general.
3. Objetivos.
El objetivo fundamental de este Plan es la puesta en marcha y ejecución de actuaciones concretas que induzcan la mejora de
la empleabilidad de las personas desempleadas y adquisición por éstas de la experiencia profesional por el desarrollo de
ocupaciones impulsadas desde la Entidad Local.
Los objetivos que persigue el Programa de activación para el empleo local desarrollado por el Ayuntamiento de Los Santos
de Maimona están encaminados, en general, a potenciar el papel de las entidades locales como motores de creación de
empleo, promoviendo un crecimiento sostenible con recursos propios, y en concreto, a poner en marcha y ejecutar acciones
que permitan:
- Mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo.
- Dinamizar la colaboración institucional para el fomento del empleo.
- Revitalizar el desarrollo local.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las
administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción
de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local
destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.
o) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de
las tecnologías de la información y las comunicaciones.
p) Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de
género.
Por otra parte, de conformidad con los artículos 43 y 45 de la misma ley, ostentando la financiación de los municipios y del
resto de entidades locales carácter incondicionado, con la finalidad de velar por el equilibrio territorial y la realización
efectiva del principio de solidaridad, en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, se
establece un fondo incondicionado, proveniente de los ingresos tributarios de la Comunidad, a distribuir entre los
municipios en función de factores concernientes a población, con especial atención a la población total menor de 25 años y
mayor de 65 años; necesidades de gasto; inversa de la capacidad fiscal; inversa de la renta per cápita y desempleo, para el
que el Consejo de Política Social desarrollará las funciones relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, en
su artículo 15.1.c, en lo referido a las materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios disponen,
entre otras, competencias para el "… desarrollo local económico y social y políticas de fomento o planes locales de empleo".
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los municipios contribuyen a satisfacer
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad financiera.
Conviene mencionar también que la disposición final segunda del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado laboral,
introduce una nueva disposición adicional novena en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en relación a los contratos vinculados a programas de activación para el empleo,
determinando que las administraciones públicas y, en su caso, las entidades sin ánimo de lucro podrán realizar contratos
para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de programas de activación para el empleo, con una
duración no superior a 12 meses.
2. Grupos de población destinatarios del Programa.
El Programa de activación para el empleo local de Los Santos de Maimona, promueve la creación de empleo en el municipio
atendiendo a las personas en situación de desempleo en general. No obstante, se establecerá un foco de prioridad sobre los
grupos de población a quienes resulta más difícil el acceso al mercado laboral de nuestro territorio, entre los que
destacamos:
- Personas jóvenes.
- Mujeres.
- Personas en situación de paro de larga duración.
- Personas con discapacidad.
- Inmigrantes.
- Demandantes de empleo en general.
3. Objetivos.
El objetivo fundamental de este Plan es la puesta en marcha y ejecución de actuaciones concretas que induzcan la mejora de
la empleabilidad de las personas desempleadas y adquisición por éstas de la experiencia profesional por el desarrollo de
ocupaciones impulsadas desde la Entidad Local.
Los objetivos que persigue el Programa de activación para el empleo local desarrollado por el Ayuntamiento de Los Santos
de Maimona están encaminados, en general, a potenciar el papel de las entidades locales como motores de creación de
empleo, promoviendo un crecimiento sostenible con recursos propios, y en concreto, a poner en marcha y ejecutar acciones
que permitan:
- Mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo.
- Dinamizar la colaboración institucional para el fomento del empleo.
- Revitalizar el desarrollo local.
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