Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (04510/2024)
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera para el nombramiento con carácter de personal funcionario interino o para la contratación, con carácter de personal laboral contratado, por duración determinada de Educador Infantil
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 4510/2024
Quién no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no se contratará
y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad
en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde formalizará el contrato a favor del
aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de plazas
convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
3.º.- Nombramiento o contratación. En todo caso, las contrataciones estarán supeditadas a que surjan las correspondientes
necesidades.
Presentada la documentación y siendo ésta conforme, se formalizará el contrato de trabajo o el nombramiento.
Quien, sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el plazo marcado en el contrato, quedarán en
situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo
señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones
públicas, en el que viniera desempeñando.
Igualmente, el seleccionado estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
Decimo primera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases, así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo segunda.- Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y
Garantía de los Derechos Digitales, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
1.º.- Información sobre protección de datos.
a) Responsable: Ayuntamiento de Almendralejo
b) Finalidad del tratamiento: Gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas selectivas,
de conformidad con las normas de aplicación, con el fin de analizar la idoneidad de los candidatos. No se
emplearán los datos para decisiones automatizadas.
c) Legitimación: Art. 6.1 e) RGPD Misión realizada en interés público Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local. Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público.
d) Personas destinatarias de cesiones o transferencias: Podrán realizarse las cesiones de sus datos a otras
administraciones públicas relacionadas con su solicitud y las previstas por la ley.
2.º.- Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de Información, acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y
oposición.
Puede ejercer sus derechos mediante correo electrónico a la atención del Delegado de Protección de Datos a la dirección:
dpd@almendralejo.es o a través del registro de entrada de este Ayuntamiento.
Puede consultar la "Información adicional" y detallada sobre protección de datos personales en nuestra página web:
https://www.almendralejo.es/contenido.php?id_area=18&id_bloque=10
Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos:
www.aepd.es) cualquier hecho que considere una violación de sus derechos en relación a sus datos personales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 9 de 12
Anuncio 4510/2024
Quién no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no se contratará
y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad
en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde formalizará el contrato a favor del
aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de plazas
convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
3.º.- Nombramiento o contratación. En todo caso, las contrataciones estarán supeditadas a que surjan las correspondientes
necesidades.
Presentada la documentación y siendo ésta conforme, se formalizará el contrato de trabajo o el nombramiento.
Quien, sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el plazo marcado en el contrato, quedarán en
situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo
señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones
públicas, en el que viniera desempeñando.
Igualmente, el seleccionado estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
Decimo primera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases, así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo segunda.- Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y
Garantía de los Derechos Digitales, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
1.º.- Información sobre protección de datos.
a) Responsable: Ayuntamiento de Almendralejo
b) Finalidad del tratamiento: Gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas selectivas,
de conformidad con las normas de aplicación, con el fin de analizar la idoneidad de los candidatos. No se
emplearán los datos para decisiones automatizadas.
c) Legitimación: Art. 6.1 e) RGPD Misión realizada en interés público Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local. Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público.
d) Personas destinatarias de cesiones o transferencias: Podrán realizarse las cesiones de sus datos a otras
administraciones públicas relacionadas con su solicitud y las previstas por la ley.
2.º.- Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de Información, acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y
oposición.
Puede ejercer sus derechos mediante correo electrónico a la atención del Delegado de Protección de Datos a la dirección:
dpd@almendralejo.es o a través del registro de entrada de este Ayuntamiento.
Puede consultar la "Información adicional" y detallada sobre protección de datos personales en nuestra página web:
https://www.almendralejo.es/contenido.php?id_area=18&id_bloque=10
Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos:
www.aepd.es) cualquier hecho que considere una violación de sus derechos en relación a sus datos personales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 9 de 12