Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Segura de León. (04507/2024)
Aprobación definitiva del expediente número 13/2024 de suplemento de crédito con cargo al remanente líquido de tesorería
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Ayuntamiento de Segura de León
Anuncio 4507/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Segura de León
Segura de León (Badajoz)
Anuncio 4507/2024
Aprobación definitiva del expediente número 13/2024 de suplemento de crédito con cargo al remanente líquido de
tesorería
Aprobado definitivamente el expediente número 13/2024 de suplemento de crédito financiado con cargo al Remanente
Líquido de Tesorería del ejercicio 2024, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario
Créditos finales
Progr. Económica
342
632 00
Aseos campo de fútbol
30.000,00 €
26.000,00 €
56.000,00 €
342
632 01
Mejoras para eficiencia
energética en el gimnasio
municipal
30.661,64 €
5.000,00 €
35.661,64 €
1532
632 01
Materiales obras PFEA 2024
30.375,00 €
140.000,00 €
170.375,00 €
459
629 00
Construcción campo de Tiro
136.097,33 €
16.000,00 €
152.097,33 €
Total
187.000,00 €
ALTAS EN CONCEPTOS DE INGRESOS
Aplicación: económica
Descripción
Euros
Cap. Conc. Subconc.
8
87
870 00
Remanente líquido de tesorería para gastos generales
Total ingresos
187.000,00 €
187.000,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Segura de León, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Isabel M.ª Garduño Carmona.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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tesorería
Aprobado definitivamente el expediente número 13/2024 de suplemento de crédito financiado con cargo al Remanente
Líquido de Tesorería del ejercicio 2024, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario
Créditos finales
Progr. Económica
342
632 00
Aseos campo de fútbol
30.000,00 €
26.000,00 €
56.000,00 €
342
632 01
Mejoras para eficiencia
energética en el gimnasio
municipal
30.661,64 €
5.000,00 €
35.661,64 €
1532
632 01
Materiales obras PFEA 2024
30.375,00 €
140.000,00 €
170.375,00 €
459
629 00
Construcción campo de Tiro
136.097,33 €
16.000,00 €
152.097,33 €
Total
187.000,00 €
ALTAS EN CONCEPTOS DE INGRESOS
Aplicación: económica
Descripción
Euros
Cap. Conc. Subconc.
8
87
870 00
Remanente líquido de tesorería para gastos generales
Total ingresos
187.000,00 €
187.000,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Segura de León, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Isabel M.ª Garduño Carmona.
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