Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04418/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento del Plan de Activación del Empleo Local para el ejercicio 2024
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Ayuntamiento de La Codosera

Denominación plaza/s

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Número
plazas

Titulación requerida

Jornada Periodo de contratación

Personal de Limpieza

5

Graduado escolar o equivalente

56%

1 enero - 31 diciembre

Vigilancia Piscinas Naturales

5

Graduado escolar o equivalente

100%

1 junio - 30 septiembre

6. Vigencia.
Este plan de fomento y activación del empleo local de La Codosera duración de un año (2024), a partir de cuya fecha habrá
de revisarse y evaluarse, de cara a la puesta en marcha de un nuevo plan, que marque la estrategia local para la
implementación de políticas activas de empleo y acciones para la mejora de la ocupabilidad de los desempleados del
municipio de La Codosera.
7. Contrataciones temporales con cargo al Reglamento del Plan de Activación para el Empleo.
De acuerdo con la D.A. novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que regula los "contratos vinculados a
Programas de Activación para el Empleo" se indica que "las administraciones públicas y, en su caso, las entidades sin ánimo
de lucro podrán realizar contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo previstos en esta Ley con las
personas participantes en dichos programas.
La duración de estos contratos no podrá exceder de 12 meses y, en el caso de la contratación realizada por administraciones
públicas, los procesos de selección deberán observar los principios de igualdad, mérito y capacidad".
Los contratos temporales que se realicen con los trabajadores que hayan cumplido los principios de igualdad, mérito y
capacidad, habiendo resultado seleccionados de las diferentes convocatorias y bolsas de empleo y excepcionales ofertas
genéricas del SEXPE, podrán concertar con el Ayuntamiento de La Codosera un contrato de trabajo con una duración
máxima de 12 meses.
No obstante, podrán suscribir un nuevo contrato de trabajo con la misma modalidad contractual, siempre y cuando el
trabajador/a, esté acogido a un nuevo Programa de Activación para el Empleo Local de diferente año, debiendo de existir
una diferencia temporal de al menos 12 meses desde el último contrato hasta el siguiente.
Estos contratos solo podrán realizarse en aquellos puestos temporales que no sean habituales y estructurales.
La Codosera, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Miguel Ángel Bermejo Pacheco.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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