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Delegación de funciones de Alcaldía en la segunda Teniente de Alcalde
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Ayuntamiento de Higuera de la Serena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Higuera de la Serena (Badajoz)
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Delegación de funciones de Alcaldía en la segunda Teniente de Alcalde

DECRETO DE DELEGACIÓN DE FUNCIONES DEL ALCALDE EN LA SEGUNDA TENIENTE DE ALCALDE
Por esta Alcaldía-Presidencia se ha dictado el día 10 de septiembre de 2024, la resolución que transcrita literalmente dice:
"Considerando que corresponde a los tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus
funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o
impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones
del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Considerando que la primer Teniente de Alcalde, se encuentra de baja por maternidad.
Considerando que desde el día 16 de septiembre al 22 de septiembre de 2024, ambos incluidos, me voy a
ausentar del municipio, por razones personales.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero.- Delegar en la segunda Teniente de Alcalde, doña Rosa María Tena Domínguez, la totalidad de las
funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, durante el período comprendido entre el 16 y el 22 de septiembre de 2024.
Segundo.- La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los
procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a
terceros.
Tercero.- La Tte. Alcalde delegada ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le
requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con
carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto.- La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación de la Tte.
Alcalde delegada, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa
manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el
siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, para general conocimiento, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la
primera sesión que celebre.
Sexto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas."
Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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