Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (04361/2024)
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz titular
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Ayuntamiento de Guareña

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Guareña
Guareña (Badajoz)
Anuncio 4361/2024
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz titular

BANDO DE ALCALDÍA
Don Abel González Ramiro, en su calidad de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Guareña (Badajoz),
Hago saber: Que el próximo mes de octubre de 2024, quedará vacante el cargo de Juez de Paz titular de esta localidad.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este
municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Primero.- Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, del
Poder Judicial, en concordancia con el artículo 5.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,
aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo del Poder Judicial de fecha 7 de junio de 1995, se pone en
general conocimiento que se abre el plazo de presentación de instancias, para que aquellas personas
interesadas en obtener el nombramiento para el cargo de Juez de Paz titular de esta localidad, presenten en
el Registro de este Ayuntamiento de Guareña o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
correspondiente solicitud dirigida al Pleno de la Corporación, en modelo normalizado, en el plazo de treinta
días naturales a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
A la solicitud se acompañará los siguientes documentos:
1.
2.
3.
4.

Certificado de nacimiento y fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
Certificado de antecedentes penales.
Certificado médico de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.
Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad, prevista en la Ley
Orgánica del Poder Judicial, para el ejercicio de las funciones judiciales, con las excepciones previstas
para los Jueces de Paz.

En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise
en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción de Don Benito y al T.S.J. de Extremadura.
Segundo.- La presente convocatoria se hará pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en el tablón de anuncios del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción de Don Benito y en el tablón de anuncios del Juzgado de Paz de esta localidad. Dicho
anuncio se publicará también en la página web municipal.
Tercero.- Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno
del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, para que elija, con el quórum de la mayoría absoluta
legalmente establecida, a la persona idónea de entre las interesadas.
Lo que se publica para general conocimiento.
Guareña, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Abel González Ramiro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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