Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04322/2024)
Delegación de competencias para celebración de matrimonio civil
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 4322/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Garrovilla
La Garrovilla (Badajoz)
Anuncio 4322/2024
Delegación de competencias para celebración de matrimonio civil

Mediante resolución de Alcaldía de fecha 5 de septiembre de 2024 del Ayuntamiento de La Garrovilla, se ha dispuesto lo
siguiente:
Visto que se considera conveniente y adecuado, por haberlo solicitado así los contrayentes, delegar en don Andrés Gómez
Calle, Concejal de este Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre E.G.C. y M.S.G.N. el
día 28 de septiembre de 2024.
De conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General
de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización del matrimonio civil por los Alcaldes,
RESUELVO:
Primero.- Delegar en favor de don Andrés Gómez Calle, Concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la
competencia correspondiente a la de celebración del matrimonio civil entre los contrayentes E.G.C. y M.S.G.N.
el día 28 de septiembre de 2024.
Segundo.- La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de
autorización del matrimonio se haga constar que el Sr. Concejal ha actuado por delegación de la Sra.
Alcaldesa en funciones.
Tercero.- La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante la Sra. Alcaldesa en funciones
expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el
siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Cuarto.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
En La Garrovilla, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta en funciones, Ana Isabel Frutos Pinilla.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3