Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04337/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 2/2024 en la modalidad de suplemento de crédito
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Herrera del Duque
Herrera del Duque (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 2/2024 en la modalidad de suplemento de
crédito

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito número 2/2024, en la modalidad de
suplemento de crédito, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los
efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito

Progr.

Económica

920

160 00

Seguros sociales

165

221 00

Energía

338

22799

Fomento de las tradiciones

934

227 08

Servicios OAR

245,825,11

920

227 09

Otros gastos funcionamiento

130,000,00

450

609 00

Infr. otras inversiones

85.504,44

933

609 00

Infr. patrimonio

57.324,86

011

911 00

Amortización SP

10.113,50

450

610 00

Inversiones terrenos

99.895,22

150.000,00
5.973,60

Total:

57.000,00

841.636,73

SUPLEMENTOS EN CONCEPTOS DE INGRESOS

Aplicación: Económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

870

00

Remanente de tesorería gastos generales

598.912,21

911

00

Anticipo SP

242.724,52

Total ingresos:

841.636,73

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses a
contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Herrera del Duque, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Saturnino Alcázar Vaquerizo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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