Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. (04320/2024)
Delegación de competencia
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Ayuntamiento de Hornachos

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hornachos
Hornachos (Badajoz)
Anuncio 4320/2024
Delegación de competencia

DELEGACIÓN DE COMPETENCIA
Considerando que por decreto de esta Alcaldía número 2023/240, de fecha 23 de junio de 2023, se delegó en la concejala
doña Carmen Mogollón Vecino, el área y/o materia correspondiente a Hacienda.
Visto el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, donde el Alcalde ostenta
entre otras atribuciones, "el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, disponer gastos
dentro de los límites de su competencia...".
Con el fin de conseguir una mayor eficacia y eficiencia en la gestión administrativa de la Corporación, en ejercicio de las
facultades otorgadas por la normativa de Régimen Local, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
RESUELVO:
Primero. Delegar en doña Carmen Mogollón Vecino, el ejercicio de atribuciones de la competencia
correspondiente a la ordenación de pagos, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Segundo. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación
de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en
que le sea notificada esta resolución.
Tercero.- Esta delegación surtirán efecto desde el día siguiente a la fecha de esta resolución, sin perjuicio de
su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, dando cuenta al Excmo. Ayuntamiento en Pleno
en la primera sesión que este celebre.
Cuarto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con
carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar
desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el término de 2 meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su
notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.
En Hornachos, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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