Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. (04302/2024)
Corrección de errores de las bases reguladoras para la selección de trabajadores dentro del Plan de Empleo del municipio de Alburquerque
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Alburquerque
Anuncio 4302/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alburquerque
Alburquerque (Badajoz)
Anuncio 4302/2024
Corrección de errores de las bases reguladoras para la selección de trabajadores dentro del Plan de Empleo del
municipio de Alburquerque
CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA SELECCIÓN DE TRABAJADORES DENTRO DEL PLAN DE
EMPLEO DEL MUNICIPIO DE ALBURQUERQUE
Habiéndose publicado íntegramente en el BOP de Badajoz, número 129, de 8 de julio de 2024, anuncio número 3190/2024,
las bases por las que se convoca a la Selección de trabajadores dentro del Plan de Empleo del municipio de Alburquerque, y
una vez constituida la Comisión de Selección el día 3 de septiembre de 2024, la misma advierte una serie de errores en las
bases reguladoras del proceso de selección, por lo que, en virtud de las atribuciones que me están conferidas, con esta
fecha,
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la corrección de errores de las bases, en el sentido que a continuación se indican:
1.º. Eliminar el último párrafo de la de la bases 8.1.1., que literalmente dice:
"A fin de simplificar la valoración y facilitar a los interesados cumplimentar el
anexo II, el tiempo de trabajo se computará de la siguiente manera.
a) Contrato a jornada completa, se puntuarán y contabilizarán tal y
como se estable anteriormente.
b) Contratos inferiores a jornada completa con independencia de
su porcentaje, al 50%".
2.º. Eliminar la bases 8.1.2., que literalmente dice:
"Cursos relacionados con la plaza (hasta 1,00 punto).
(No se admiten los ajenos a las funciones propias de la plaza). (Ni se valorarán
aquellos que sea requisito imprescindible para el acceso al puesto).
Se valorarán los cursos de perfeccionamiento y especialización que versen sobre
materias directamente relacionadas con la plaza a la que se opta e impartidos o
certificado por las administraciones públicas, colegios profesionales, las
universidades, los acogidos a los distintos acuerdos de formación continua en las
administraciones públicas, los de formación ocupacional y los organizados o
impartidos por las organizaciones sindicales o sus fundaciones al amparo de
convenios suscritos con la Administración General del Estado atendiendo al
siguiente desglose:
a) Hasta 40 horas: 0,25 puntos.
b) De 41 a 60 horas: 0,50 puntos.
c) De 61 a 100 horas: 0,75 puntos.
d) Más de 100 horas: 1,00 punto.".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Alburquerque (Badajoz)
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CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA SELECCIÓN DE TRABAJADORES DENTRO DEL PLAN DE
EMPLEO DEL MUNICIPIO DE ALBURQUERQUE
Habiéndose publicado íntegramente en el BOP de Badajoz, número 129, de 8 de julio de 2024, anuncio número 3190/2024,
las bases por las que se convoca a la Selección de trabajadores dentro del Plan de Empleo del municipio de Alburquerque, y
una vez constituida la Comisión de Selección el día 3 de septiembre de 2024, la misma advierte una serie de errores en las
bases reguladoras del proceso de selección, por lo que, en virtud de las atribuciones que me están conferidas, con esta
fecha,
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la corrección de errores de las bases, en el sentido que a continuación se indican:
1.º. Eliminar el último párrafo de la de la bases 8.1.1., que literalmente dice:
"A fin de simplificar la valoración y facilitar a los interesados cumplimentar el
anexo II, el tiempo de trabajo se computará de la siguiente manera.
a) Contrato a jornada completa, se puntuarán y contabilizarán tal y
como se estable anteriormente.
b) Contratos inferiores a jornada completa con independencia de
su porcentaje, al 50%".
2.º. Eliminar la bases 8.1.2., que literalmente dice:
"Cursos relacionados con la plaza (hasta 1,00 punto).
(No se admiten los ajenos a las funciones propias de la plaza). (Ni se valorarán
aquellos que sea requisito imprescindible para el acceso al puesto).
Se valorarán los cursos de perfeccionamiento y especialización que versen sobre
materias directamente relacionadas con la plaza a la que se opta e impartidos o
certificado por las administraciones públicas, colegios profesionales, las
universidades, los acogidos a los distintos acuerdos de formación continua en las
administraciones públicas, los de formación ocupacional y los organizados o
impartidos por las organizaciones sindicales o sus fundaciones al amparo de
convenios suscritos con la Administración General del Estado atendiendo al
siguiente desglose:
a) Hasta 40 horas: 0,25 puntos.
b) De 41 a 60 horas: 0,50 puntos.
c) De 61 a 100 horas: 0,75 puntos.
d) Más de 100 horas: 1,00 punto.".
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