Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). (04299/2024)
Bases reguladoras del procedimiento para la contratación de un Dinamizador deportivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"
Anuncio 4299/2024
Octava. Relación de personas aprobadas.
8.1. La calificación definitiva del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en los dos ejercicios de que consta la oposición. En caso de empate, se resolverá a favor de la
persona aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y, de persistir el empate, se
decidirá por sorteo.
8.2. Terminada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá la
persona seleccionada y elevará dicha relación al señor Presidente formulando la propuesta de contratación.
8.3. Con el resto de personas aspirantes aprobadas se creará una bolsa de trabajo que podrá ser utilizada
para efectuar llamamientos por orden de colocación ante necesidades temporales de cobertura de este
puesto.
Novena. Presentación de documentos.
9.1. La persona aspirante propuesta para su contratación estará obligada a presentar, dentro del plazo de
cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de personas aprobadas,
todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
9.2. Quien, dentro del plazo indicado, no presentase la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos,
salvo causas de fuerza mayor, no podrá ser contratada y quedarían anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en el proceso selectivo. En estos casos, se efectuará la contratación de la persona aspirante que,
habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de puestos
convocados, a consecuencia de la referida anulación.
9.3. Quienes tuvieran la condición de funcionario público o personal laboral fijo de una Administración Pública
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u
Organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja
de servicio.
Décima. Contratación.
10.1. Presentada la documentación por la persona interesada y siendo esta conforme, se dictará resolución
autorizando su contratación.
10.2. Previamente a la formalización del contrato, la persona seleccionada deberá someterse a una revisión
médica en el lugar, fecha y hora en que sea citada. La no presentación a la revisión médica será motivo de
exclusión del proceso selectivo, salvo causas de fuerza mayor libremente apreciadas.
10.3. El contrato a formalizar será por tiempo indefinido, a jornada completa, en el horario que se determine,
que podrá variar en función de las necesidades del servicio.
10.4. La persona contratada percibirá un salario mensual bruto de 1.600,00 euros, por 14 pagas, que podrá
ser incrementado, en su caso, en la forma legalmente establecida.
10.5. La vigencia del contrato coincidirá con la del VIII Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura,
sin perjuicio de las prórrogas que, en su caso, pudieran acordarse.
Undécima. Datos de carácter personal.
11.1 La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento de las personas interesadas para que
sus datos personales sean publicados, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
11.2. Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser publicados serán el
nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente de las personas
aspirantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Octava. Relación de personas aprobadas.
8.1. La calificación definitiva del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en los dos ejercicios de que consta la oposición. En caso de empate, se resolverá a favor de la
persona aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y, de persistir el empate, se
decidirá por sorteo.
8.2. Terminada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá la
persona seleccionada y elevará dicha relación al señor Presidente formulando la propuesta de contratación.
8.3. Con el resto de personas aspirantes aprobadas se creará una bolsa de trabajo que podrá ser utilizada
para efectuar llamamientos por orden de colocación ante necesidades temporales de cobertura de este
puesto.
Novena. Presentación de documentos.
9.1. La persona aspirante propuesta para su contratación estará obligada a presentar, dentro del plazo de
cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de personas aprobadas,
todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
9.2. Quien, dentro del plazo indicado, no presentase la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos,
salvo causas de fuerza mayor, no podrá ser contratada y quedarían anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en el proceso selectivo. En estos casos, se efectuará la contratación de la persona aspirante que,
habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de puestos
convocados, a consecuencia de la referida anulación.
9.3. Quienes tuvieran la condición de funcionario público o personal laboral fijo de una Administración Pública
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u
Organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja
de servicio.
Décima. Contratación.
10.1. Presentada la documentación por la persona interesada y siendo esta conforme, se dictará resolución
autorizando su contratación.
10.2. Previamente a la formalización del contrato, la persona seleccionada deberá someterse a una revisión
médica en el lugar, fecha y hora en que sea citada. La no presentación a la revisión médica será motivo de
exclusión del proceso selectivo, salvo causas de fuerza mayor libremente apreciadas.
10.3. El contrato a formalizar será por tiempo indefinido, a jornada completa, en el horario que se determine,
que podrá variar en función de las necesidades del servicio.
10.4. La persona contratada percibirá un salario mensual bruto de 1.600,00 euros, por 14 pagas, que podrá
ser incrementado, en su caso, en la forma legalmente establecida.
10.5. La vigencia del contrato coincidirá con la del VIII Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura,
sin perjuicio de las prórrogas que, en su caso, pudieran acordarse.
Undécima. Datos de carácter personal.
11.1 La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento de las personas interesadas para que
sus datos personales sean publicados, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
11.2. Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser publicados serán el
nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente de las personas
aspirantes.
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