Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). (04299/2024)
Bases reguladoras del procedimiento para la contratación de un Dinamizador deportivo
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Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"
Anuncio 4299/2024
en el comprobante o justificante el siguiente texto: "Pruebas selectivas para la contratación por tiempo
indefinido de un dinamizador deportivo".
El pago de los derechos de examen y la presentación del resguardo o justificante correspondiente no
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
A las personas aspirantes excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
No procederá devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
por causa imputable a la persona interesada.
3.4. Las solicitudes irán acompañadas de:
- Copia del DNI o pasaporte, en su defecto.
- Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
- Copia de la titulación exigida o del documento acreditativo del abono de las tasas para la
expedición de la misma. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar
la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
Cuarta. Admisión de las personas candidatas.
4.1. Expirado el plazo de presentación de las solicitudes de participación, el señor presidente dictará
resolución, en el plazo máximo de tres días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, en los
tablones de anuncios de los Ayuntamientos de los municipios y entidades locales menores integrados en la
misma, y en la página web www.laserenavegasaltas.org.
Las personas aspirantes excluidas, así como quienes no figuren en la relación de admitidas ni en la de
excluidas, dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de
dicha resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en indicada la lista podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición de parte interesada.
4.2. Expirado el plazo de subsanación, se dictará nueva resolución por el señor Presidente aprobando la lista
definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá asimismo para general
conocimiento en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, en los tablones de anuncios de los
ayuntamientos de los municipios y entidades locales menores integrados en la misma, y en la página web
www.laserenavegasaltas.org.
4.3. Con la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará, asimismo, el lugar, fecha
y hora de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador, en los términos en que hubiera
sido aprobado por resolución de la presidencia.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará formado, al menos, por los siguientes miembros: La Presidencia, tres
Vocalías y la Secretaría. Uno de los vocales deberá ser necesariamente un representante de la Dirección
General de Deportes de la Junta de Extremadura. Se designará el mismo número de miembros suplentes.
5.2. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y sus miembros deberán poseer titulación
y especialización igual o superior a la de la plaza convocada.
5.3. El Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y
tenderá, en su composición, a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el
artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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en el comprobante o justificante el siguiente texto: "Pruebas selectivas para la contratación por tiempo
indefinido de un dinamizador deportivo".
El pago de los derechos de examen y la presentación del resguardo o justificante correspondiente no
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
A las personas aspirantes excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
No procederá devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
por causa imputable a la persona interesada.
3.4. Las solicitudes irán acompañadas de:
- Copia del DNI o pasaporte, en su defecto.
- Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
- Copia de la titulación exigida o del documento acreditativo del abono de las tasas para la
expedición de la misma. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar
la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
Cuarta. Admisión de las personas candidatas.
4.1. Expirado el plazo de presentación de las solicitudes de participación, el señor presidente dictará
resolución, en el plazo máximo de tres días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, en los
tablones de anuncios de los Ayuntamientos de los municipios y entidades locales menores integrados en la
misma, y en la página web www.laserenavegasaltas.org.
Las personas aspirantes excluidas, así como quienes no figuren en la relación de admitidas ni en la de
excluidas, dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de
dicha resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en indicada la lista podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición de parte interesada.
4.2. Expirado el plazo de subsanación, se dictará nueva resolución por el señor Presidente aprobando la lista
definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá asimismo para general
conocimiento en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, en los tablones de anuncios de los
ayuntamientos de los municipios y entidades locales menores integrados en la misma, y en la página web
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4.3. Con la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará, asimismo, el lugar, fecha
y hora de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador, en los términos en que hubiera
sido aprobado por resolución de la presidencia.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará formado, al menos, por los siguientes miembros: La Presidencia, tres
Vocalías y la Secretaría. Uno de los vocales deberá ser necesariamente un representante de la Dirección
General de Deportes de la Junta de Extremadura. Se designará el mismo número de miembros suplentes.
5.2. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y sus miembros deberán poseer titulación
y especialización igual o superior a la de la plaza convocada.
5.3. El Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y
tenderá, en su composición, a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el
artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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