Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. (04290/2024)
Bases para la selección de varios puestos de trabajo para el Ayuntamiento de los Santos de Maimona
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Los Santos de Maimona (Badajoz)
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Bases para la selección de varios puestos de trabajo para el Ayuntamiento de los Santos de Maimona

Por la Alcaldía del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, mediante resolución de fecha 4 de septiembre de 2024, se ha
resuelto aprobar las bases de convocatoria que han de regir el procedimiento de selección de varias plazas para el
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA LA SELECCIÓN DE VARIOS PUESTOS DE TRABAJO PARA EL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria para la selección de varios puestos de trabajo para el
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. El presente procedimiento se instrumenta al amparo del Plan Contigo de la
Diputación Provincial de Badajoz para el ejercicio 2024, cuyas bases reguladoras se han publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz número 138, anuncio 3540/2024, de 19 de julio de 2024.

Denominación puesto

Puestos vacantes

Jornada

Duración

Código

Peones de Jardinería

3

100%

12

61201028

Conductor de Maquinaria

1

100%

12

84321042

Segunda.- Funciones a desempeñar y características de los puestos.
Las funciones a desempeñar son las propias de cada uno de los puestos ofertados.
Las características serán las siguientes:
- Grupo y subgrupo Peones de Jardinería: E
- Grupo y subgrupo Conductor de Maquinaria: C2
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
e) Estar en posesión de tarjeta de demanda o mejora de empleo del Servicio Público de Empleo de
Extremadura (SEXPE).
f) Estar en posesión de la titulación y los conocimientos específicos que se relacionan a continuación para los
diferentes puestos de trabajo:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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