Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Haba. (04277/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Haba
Anuncio 4277/2024
El objeto del contrato y prescripciones
técnicas definidos en los pliegos no
responden al componente y la reforma o
inversión ni a los hitos y objetivos a cumplir.
- Verificar que los documentos del expediente de contratación
contienen una referencia a la incorporación de la actuación en el
PRTR, con indicación del componente y de la reforma o inversión,
proyecto o subproyecto en los que se incardinarán las actuaciones
que constituyen el objeto del contrato.
- Verificar que existe coherencia entre el objeto del contrato y los
objetivos perseguidos en la correspondiente reforma o inversión, y
los hitos y objetivos a cuyo cumplimiento contribuirán las
prestaciones que se van a contratar.
Los criterios de adjudicación incumplen o son - Verificar que se recoge expresamente en los pliegos la obligación
contrarios al principio de "no causar un daño del cumplimiento del principio de "no causar un daño significativo" y
significativo" y al etiquetado verde y digital.
las consecuencias de su incumplimiento.
- Verificar que se incluye una referencia en los pliegos al preceptivo
cumplimiento de las obligaciones asumidas en materia de etiquetado
verde y digital y los mecanismos asignados para su control.
Aceptación de ofertas anormalmente bajas
sin haber sido justificada adecuadamente
por el licitador.
- Establecer un control sobre la justificación de la baja temeraria de
precios, comprobando la exactitud de la información presentada por
el licitador con oferta anormalmente baja, en su caso.
- Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
- Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los
comportamientos supuestamente fraudulentos.
Ausencia o inadecuados procedimientos de
control del procedimiento de contratación.
- Dejar constancia en un acta de la información sobre las ofertas
recibidas.
- Lista de comprobación de requisitos previos para la admisión de las
ofertas, anterior a su valoración.
- Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
Cambios en las ofertas después de su
recepción.
- Dejar constancia en un acta de la información sobre las ofertas
recibidas.
- Disponer de una política en materia de conflicto de interés que
incluya una Declaración de ausencia de conflictos de interés (DACI)
por parte de todo el personal y la verificación de su contenido,
cuando proceda, así como medidas dirigidas a garantizar su
cumplimiento.
- Disponer de un procedimiento de control y seguimiento de las
ofertas presentadas hasta la adjudicación, de forma que se pueda
garantizar que no se han producido modificaciones en la oferta.
Ofertas excluidas por errores o por razones
dudosas.
Quejas de otros licitadores.
Procedimiento que no se declara desierto y
continúa con su tramitación pese a que se
han recibido menos ofertas que el número
mínimo requerido.
Fraccionamiento fraudulento del contrato
Fraccionamiento en dos o más contratos.
Separación injustificada o artificial del objeto
del contrato.
Compras secuenciales por debajo de los
umbrales de licitación abierta.
- Registro detallado de los proveedores seleccionados.
- Controles periódicos del importe acumulado por proveedor y
análisis correlativo de los objetos de los distintos contratos
celebrados con cada uno de ellos.
- Verificación de la forma en la que se haya establecido el
procedimiento de contratación.
Incumplimientos en la formalización del contrato
El contrato formalizado altera los términos
de la adjudicación.
Falta de coincidencia entre el adjudicatario y
el firmante del contrato.
- Revisión del contrato con carácter previo a la firma que permita
verificar que no se ha producido una alteración en los términos de la
adjudicación, dejando constancia de este control por escrito.
Demoras injustificadas para firmar el
contrato.
- Control del cumplimiento de los plazos para la formalización del
contrato establecidos en el artículo 153 de la LCSP mediante la
realización de un seguimiento sobre el cumplimiento de los plazos,
las incidencias ocurridas (retrasos, situaciones inusuales...) y la
aplicación, en su caso, de las penalidades e indemnizaciones
previstas, dejando constancia de este control por escrito.
Inexistencia de contrato o expediente de
contratación.
- Lista de comprobación a la finalización de los procedimientos que
permita comprobar que la documentación del expediente es
completa e incluye el documento de formalización del contrato.
Falta de publicación del anuncio de
formalización.
- Verificación de que todos los anuncios de formalización han sido
adecuadamente publicados de acuerdo con las normas que les sean
de aplicación, dejando constancia de este control por escrito.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El objeto del contrato y prescripciones
técnicas definidos en los pliegos no
responden al componente y la reforma o
inversión ni a los hitos y objetivos a cumplir.
- Verificar que los documentos del expediente de contratación
contienen una referencia a la incorporación de la actuación en el
PRTR, con indicación del componente y de la reforma o inversión,
proyecto o subproyecto en los que se incardinarán las actuaciones
que constituyen el objeto del contrato.
- Verificar que existe coherencia entre el objeto del contrato y los
objetivos perseguidos en la correspondiente reforma o inversión, y
los hitos y objetivos a cuyo cumplimiento contribuirán las
prestaciones que se van a contratar.
Los criterios de adjudicación incumplen o son - Verificar que se recoge expresamente en los pliegos la obligación
contrarios al principio de "no causar un daño del cumplimiento del principio de "no causar un daño significativo" y
significativo" y al etiquetado verde y digital.
las consecuencias de su incumplimiento.
- Verificar que se incluye una referencia en los pliegos al preceptivo
cumplimiento de las obligaciones asumidas en materia de etiquetado
verde y digital y los mecanismos asignados para su control.
Aceptación de ofertas anormalmente bajas
sin haber sido justificada adecuadamente
por el licitador.
- Establecer un control sobre la justificación de la baja temeraria de
precios, comprobando la exactitud de la información presentada por
el licitador con oferta anormalmente baja, en su caso.
- Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
- Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los
comportamientos supuestamente fraudulentos.
Ausencia o inadecuados procedimientos de
control del procedimiento de contratación.
- Dejar constancia en un acta de la información sobre las ofertas
recibidas.
- Lista de comprobación de requisitos previos para la admisión de las
ofertas, anterior a su valoración.
- Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
Cambios en las ofertas después de su
recepción.
- Dejar constancia en un acta de la información sobre las ofertas
recibidas.
- Disponer de una política en materia de conflicto de interés que
incluya una Declaración de ausencia de conflictos de interés (DACI)
por parte de todo el personal y la verificación de su contenido,
cuando proceda, así como medidas dirigidas a garantizar su
cumplimiento.
- Disponer de un procedimiento de control y seguimiento de las
ofertas presentadas hasta la adjudicación, de forma que se pueda
garantizar que no se han producido modificaciones en la oferta.
Ofertas excluidas por errores o por razones
dudosas.
Quejas de otros licitadores.
Procedimiento que no se declara desierto y
continúa con su tramitación pese a que se
han recibido menos ofertas que el número
mínimo requerido.
Fraccionamiento fraudulento del contrato
Fraccionamiento en dos o más contratos.
Separación injustificada o artificial del objeto
del contrato.
Compras secuenciales por debajo de los
umbrales de licitación abierta.
- Registro detallado de los proveedores seleccionados.
- Controles periódicos del importe acumulado por proveedor y
análisis correlativo de los objetos de los distintos contratos
celebrados con cada uno de ellos.
- Verificación de la forma en la que se haya establecido el
procedimiento de contratación.
Incumplimientos en la formalización del contrato
El contrato formalizado altera los términos
de la adjudicación.
Falta de coincidencia entre el adjudicatario y
el firmante del contrato.
- Revisión del contrato con carácter previo a la firma que permita
verificar que no se ha producido una alteración en los términos de la
adjudicación, dejando constancia de este control por escrito.
Demoras injustificadas para firmar el
contrato.
- Control del cumplimiento de los plazos para la formalización del
contrato establecidos en el artículo 153 de la LCSP mediante la
realización de un seguimiento sobre el cumplimiento de los plazos,
las incidencias ocurridas (retrasos, situaciones inusuales...) y la
aplicación, en su caso, de las penalidades e indemnizaciones
previstas, dejando constancia de este control por escrito.
Inexistencia de contrato o expediente de
contratación.
- Lista de comprobación a la finalización de los procedimientos que
permita comprobar que la documentación del expediente es
completa e incluye el documento de formalización del contrato.
Falta de publicación del anuncio de
formalización.
- Verificación de que todos los anuncios de formalización han sido
adecuadamente publicados de acuerdo con las normas que les sean
de aplicación, dejando constancia de este control por escrito.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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