Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Haba. (04277/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de La Haba

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RESPONSABILIDADES RESPECTO DEL CÓDIGO
Entender y cumplir los principios del presente Código Ético y de Conducta, es responsabilidad de todas las personas que
llevan a cabo funciones de gestión, seguimiento y/o control de operaciones financiadas con fondos del MRR.
No obstante, conviene puntualizar y concretar algunas responsabilidades específicas, según los diferentes perfiles
profesionales.
Todo el personal.
Tiene la obligación de:
— Leer y cumplir lo dispuesto en el código.
— Colaborar en su difusión en el entorno de trabajo, a colaboradores, proveedores, empresas
de asistencia técnica, beneficiarios de ayudas o cualquier otra persona que interactúe con el
Ayuntamiento.
Las personas responsables de servicio.
Además de las anteriores, tienen la obligación de:
— Contribuir a solventar posibles dudas que se planteen respecto al Código.
— Servir de ejemplo en su cumplimiento.
Los órganos directivos.
— Promover el conocimiento del Código por parte de todo el personal, así como la obligación
de fomentar la observancia del Código y de cumplir sus preceptos.

ANEXO VII: CATÁLOGO DE BANDERAS ROJAS Y CONTROLES PROPUESTOS EN SUBVENCIONES, CONTRATOS, CONVENIOS Y
ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
Las banderas rojas son señales de alarma, pistas o indicios de posible fraude. La existencia de una bandera roja no implica
necesariamente la existencia de fraude, pero sí indica que una determinada área de actividad necesita atención extra para
descartar o confirmar un fraude potencial.
El Ayuntamiento de La Haba establece dentro del sistema de medidas de detección del fraude la siguiente relación de
banderas rojas, basada en la guía para la aplicación de medidas antifraude en la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, en la que las banderas rojas se clasifican por
cada uno de los métodos de gestión de fondos: subvenciones, contratos, convenios y encargos a medios propios.
ADVERTENCIA: Cada entidad seleccionará aquellos indicadores que considere pertinentes para configurar un sistema
adaptado a sus características específicas basándose también en los resultados obtenidos de la evaluación de riesgos.

SUBVENCIONES
Banderas rojas

Controles propuestos

Limitación de la concurrencia
Insuficiente difusión de las bases reguladoras y
convocatoria.

- Verificar la publicación de las bases reguladoras y convocatoria
de forma que se garantice la máxima difusión.
- Verificar que se cumple lo estipulado en los artículos art. 9.3 y
18 de la Ley General de Subvenciones referidos a los deberes de
publicación e información de las convocatorias.

No se han definido con claridad los requisitos que
deben cumplir los beneficiarios o destinatarios.

- Verificar que los requisitos exigidos para obtener la condición
de beneficiarios se han incluido de forma clara en las bases
reguladoras y convocatorias.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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