Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Lobón. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04244/2024)
Convocatoria para la cobertura de una plaza de Administrativo-Informático, incluida en la oferta de empleo público 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Lobón
Anuncio 4244/2024
para los aspirantes que no tienen la nacionalidad española y de su origen no se desprende el
conocimiento de la lengua castellana, tienen que acreditar el conocimiento mediante la
aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el Real Decreto
1137/2002, de 31 de octubre; o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedido
por las escuelas oficiales de idiomas o mediante la acreditación que están en posesión de una
titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio
español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el
nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita en esta lengua.
b.- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación
forzosa para el acceso al empleo público.
c.- Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de
las funciones de la categoría profesional de Administrativo-Informático.
d.- Estar en posesión del título o nivel de titulación que se indica a continuación o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes:
- Estar en posesión del título de FP II o FP de Grado Superior en la Rama Informática o
Administrativa, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, hay que
aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
e.- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Todos los requisitos exigidos en la presente cláusula deberán reunirse el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias.
Tercera.- Instancias y admisión de solicitudes.
Las instancias (cuyo modelo se acompaña como anexo II), solicitando tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes
deben manifestar que reúnen las condiciones exigidas en la base segunda. Se dirigirán al Alcalde-Presidentedel
Ayuntamiento de Lobón y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Lobón, de 9:00 a14:00 horas en el
plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al que aparezcan publicadas estas bases en el Boletín Oficial del
Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil. Igualmente se podrán
presentar solicitudes de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Los anuncios serán publicados asimismo en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento de Lobón.
Junto con la instancia los/as aspirantes deberán aportar la siguiente documentación:
1.- Fotocopia compulsada del DNI.
2.- Fotocopia compulsada de la titulación exigida a la plaza a que opta. En el supuesto de
invocar un título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el
organismo competente, que acredite la citada equivalencia.
3.- Documentación acreditativa de los méritos susceptibles de valoración.
Cuarta.- Admisión de los/las aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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para los aspirantes que no tienen la nacionalidad española y de su origen no se desprende el
conocimiento de la lengua castellana, tienen que acreditar el conocimiento mediante la
aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el Real Decreto
1137/2002, de 31 de octubre; o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedido
por las escuelas oficiales de idiomas o mediante la acreditación que están en posesión de una
titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio
español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el
nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita en esta lengua.
b.- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación
forzosa para el acceso al empleo público.
c.- Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de
las funciones de la categoría profesional de Administrativo-Informático.
d.- Estar en posesión del título o nivel de titulación que se indica a continuación o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes:
- Estar en posesión del título de FP II o FP de Grado Superior en la Rama Informática o
Administrativa, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, hay que
aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
e.- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Todos los requisitos exigidos en la presente cláusula deberán reunirse el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias.
Tercera.- Instancias y admisión de solicitudes.
Las instancias (cuyo modelo se acompaña como anexo II), solicitando tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes
deben manifestar que reúnen las condiciones exigidas en la base segunda. Se dirigirán al Alcalde-Presidentedel
Ayuntamiento de Lobón y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Lobón, de 9:00 a14:00 horas en el
plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al que aparezcan publicadas estas bases en el Boletín Oficial del
Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil. Igualmente se podrán
presentar solicitudes de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Los anuncios serán publicados asimismo en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento de Lobón.
Junto con la instancia los/as aspirantes deberán aportar la siguiente documentación:
1.- Fotocopia compulsada del DNI.
2.- Fotocopia compulsada de la titulación exigida a la plaza a que opta. En el supuesto de
invocar un título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el
organismo competente, que acredite la citada equivalencia.
3.- Documentación acreditativa de los méritos susceptibles de valoración.
Cuarta.- Admisión de los/las aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la
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