Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04162/2024)
Delegación de funciones de Alcaldía
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 4162/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Fregenal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 4162/2024
Delegación de funciones de Alcaldía
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMENTO SUSTITUCIÓN DE LA ALCALDESA-PRESIDENTA POR AUSENCIA
Por decreto de Alcaldía, de fecha 22 de agosto de 2024, doña María Agustina Rodríguez Martínez, Alcaldesa-Presidenta del
Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
1.º.- Delegar en doña M.ª Isabel Riviriego Romero, que ostenta la segunda tenencia de Alcaldía la totalidad de
las funciones que le corresponden a esta Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de ausencia de su titular, que se inicia el día 30
de agosto de 2024 y, que finaliza el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
2.º.- La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los
procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que sean
necesarios y que afecten a terceros.
3.º.- El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori y, en todo caso, cuando se le requiera para
ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo
de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
4.º.- La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación
de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en
que le sea notificada esta resolución.
5.º.- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en el tablón de
edictos del Ayuntamiento.
6.º.- Se dará cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que esta
celebre, y será notificado.
7.º.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante
la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su
notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz que por turno de reparto corresponda, en el término de dos meses a contar desde
el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera
conveniente.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra; de lo que, como Secretario,
doy fe.
Fregenal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Agustina Rodríguez Martínez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Fregenal de la Sierra (Badajoz)
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Delegación de funciones de Alcaldía
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMENTO SUSTITUCIÓN DE LA ALCALDESA-PRESIDENTA POR AUSENCIA
Por decreto de Alcaldía, de fecha 22 de agosto de 2024, doña María Agustina Rodríguez Martínez, Alcaldesa-Presidenta del
Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
1.º.- Delegar en doña M.ª Isabel Riviriego Romero, que ostenta la segunda tenencia de Alcaldía la totalidad de
las funciones que le corresponden a esta Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de ausencia de su titular, que se inicia el día 30
de agosto de 2024 y, que finaliza el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
2.º.- La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los
procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que sean
necesarios y que afecten a terceros.
3.º.- El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori y, en todo caso, cuando se le requiera para
ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo
de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
4.º.- La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación
de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en
que le sea notificada esta resolución.
5.º.- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en el tablón de
edictos del Ayuntamiento.
6.º.- Se dará cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que esta
celebre, y será notificado.
7.º.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante
la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su
notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz que por turno de reparto corresponda, en el término de dos meses a contar desde
el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera
conveniente.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra; de lo que, como Secretario,
doy fe.
Fregenal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Agustina Rodríguez Martínez.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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