Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (04135/2024)
Decreto de cierre de la convocatoria de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual y otros
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Instituto Municipal de Servicios Sociales
Anuncio 4135/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Instituto Municipal de Servicios Sociales
Badajoz
Anuncio 4135/2024
Decreto de cierre de la convocatoria de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de
desahucio de su vivienda habitual y otros
La resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de
ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin
hogar y otras personas especialmente vulnerables, al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2020, para el ejercicio
2023.
Dicha norma establece el procedimiento de concesión de las subvenciones; los requisitos específicos que deberán reunir los
beneficiarios; la documentación que deben acompañar a su solicitud; la cuantía y abono de la ayuda pública; y las
obligaciones que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la normativa estatal.
Visto que con fecha 19 de abril de 2024, se publica la convocatoria de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género,
personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables del
Ayuntamiento de Badajoz.
Visto la cláusula VII de la convocatoria: El abono del coste de la solución habitacional referido se podrá reconocer por un
plazo de 6 meses, prorrogable por el mismo periodo de tiempo, siempre que se mantengan las condiciones que
determinaron su otorgamiento y exista consignación presupuestaria para su prórroga, y previo informe favorable de los
servicios sociales de atención social básica.
Visto que el número de solicitudes presentadas ha agotado el crédito existente para dichas ayudas.
En uso de las atribuciones que me confieren la legislación vigente en materia de régimen local, y particularmente la Ley
7/1985, de Bases de Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero: Se proceda al cierre de la convocatoria de concesión directa de ayudas del IMSS del Ayuntamiento de
Badajoz para el programa de ayuda a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, con la consiguiente
inadmisión a trámite de las solicitudes que se presenten.
Segundo: Remitir al Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz para su publicación en el mismo.
Tercero: Dese cuenta en el primer Consejo Rector del IMSS que se celebre.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente del IMSS (PD: Decreto de la Presidencia de fecha 02/02/2024; BOP
de fecha 16/02/2024), Juan Pérez Márquez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Decreto de cierre de la convocatoria de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de
desahucio de su vivienda habitual y otros
La resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de
ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin
hogar y otras personas especialmente vulnerables, al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2020, para el ejercicio
2023.
Dicha norma establece el procedimiento de concesión de las subvenciones; los requisitos específicos que deberán reunir los
beneficiarios; la documentación que deben acompañar a su solicitud; la cuantía y abono de la ayuda pública; y las
obligaciones que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la normativa estatal.
Visto que con fecha 19 de abril de 2024, se publica la convocatoria de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género,
personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables del
Ayuntamiento de Badajoz.
Visto la cláusula VII de la convocatoria: El abono del coste de la solución habitacional referido se podrá reconocer por un
plazo de 6 meses, prorrogable por el mismo periodo de tiempo, siempre que se mantengan las condiciones que
determinaron su otorgamiento y exista consignación presupuestaria para su prórroga, y previo informe favorable de los
servicios sociales de atención social básica.
Visto que el número de solicitudes presentadas ha agotado el crédito existente para dichas ayudas.
En uso de las atribuciones que me confieren la legislación vigente en materia de régimen local, y particularmente la Ley
7/1985, de Bases de Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero: Se proceda al cierre de la convocatoria de concesión directa de ayudas del IMSS del Ayuntamiento de
Badajoz para el programa de ayuda a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, con la consiguiente
inadmisión a trámite de las solicitudes que se presenten.
Segundo: Remitir al Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz para su publicación en el mismo.
Tercero: Dese cuenta en el primer Consejo Rector del IMSS que se celebre.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente del IMSS (PD: Decreto de la Presidencia de fecha 02/02/2024; BOP
de fecha 16/02/2024), Juan Pérez Márquez.
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