Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (04148/2024)
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2024-2026
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Ayuntamiento de Hornachos

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A) Régimen de concurrencia.
- Concurrencia competitiva. Tendrá la consideración de concurrencia competitiva el
procedimiento por el cual la concesión de las subvenciones se realizará mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un orden de prelación, de
acuerdo con los criterios de otorgamiento previamente fijados en la convocatoria.
- Concurrencia no competitiva. Se entenderá el procedimiento mediante el cual, dentro de los
límites presupuestarios, la concesión de las subvenciones se realizará en atención al
cumplimiento, por parte de los beneficiarios, de determinados requisitos o condiciones
previamente fijados en las bases de la convocatoria.
B) Concesión directa.
La concesión directa deberá utilizarse de conformidad con lo establecido en LGS, RDLGS y BEP,
para aquellas subvenciones cuyo otorgamiento venga impuesto por una norma de rango legal,
y para los casos en los que se acrediten razones de interés público, social, económico y
humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, y para
aquellas que estén previstas nominativamente en los presupuestos.

8.- Líneas estratégicas y de actuación del Plan.
Las principales líneas estratégicas de actuación del Ayuntamiento de Hornachos, recogidas en el presente
Plan estratégico, son las siguientes:
* Acción social.
* Cultura y turismo.
* Comercio y desarrollo económico.
* Deporte y educación.
* Igualdad.
* Protección del medio ambiente.
* Participación ciudadana.

Línea estratégica 1: Acción social.
Objetivo estratégico: Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro y potenciar la participación del tercer
sector en la localidad para conseguir una mayor eficacia y eficiencia en el desarrollo de las competencias
municipales en este tema.
- Objetivos específicos:
1.1. Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro, el fortalecimiento de la actuación
coordinada en red con las entidades y la participación social activa.
1.2. Colaborar en la ejecución de programas referidos a sectores como mujeres, personas
mayores y jóvenes, drogadicción y alcoholismo, discapacitado psíquicos y, minorías étnicas y,
en general, colectivos desfavorecidos como inmigrantes en situación de pobreza, personas
objeto de violencia de género, desempleados, etc.
1.3. Favorecer la coordinación y complementariedad de actuaciones y oferta de servicios que
en los diferentes sectores lleve a cabo el Ayuntamiento u otras entidades públicas o privadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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