Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04044/2024)
Convocatoria y bases que han de regir el proceso para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, por el sistema de concurso oposición, turno libre
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Anuncio 4044/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Torre de Miguel Sesmero (Badajoz)
Anuncio 4044/2024
Convocatoria y bases que han de regir el proceso para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, por el
sistema de concurso oposición, turno libre
Doña Beatriz González Fernández, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, acuerda aprobar las bases de la convocatoria pública de
pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza
de Auxiliar-Administrativo, a jornada completa y publicar el texto íntegro de las mismas. Asimismo, conforme a estas, será la
fecha de publicación en el BOE del correspondiente anuncio, la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias.
CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR
ADMINISTRATIVO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN, TURNO LIBRE
Primera.- Normas generales y requisitos.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, una plaza de Auxiliar Administrativo/a
mediante el sistema de concurso-oposición libre, correspondiente al grupo C2, contenida en la OEP del año 2024, aprobada
por resolución de Alcaldía de fecha 31/07/2024, anuncio DOE número 154 de 8 de agosto de 2024, según el art. 76 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, encuadrada en la escala de Administración General, subescala Auxiliar, dotada con los emolumentos
correspondientes a dicho grupo, derecho a trienios, dos pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con
arreglo a la legislación vigente y la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso
al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las pruebas se realizarán en español.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con
los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitado
que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de
tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones
en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello, deberán
formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de
participación dentro del plazo de presentación de instancias. Dicha petición deberá estar
motivada. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el
resto de los aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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sistema de concurso oposición, turno libre
Doña Beatriz González Fernández, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, acuerda aprobar las bases de la convocatoria pública de
pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza
de Auxiliar-Administrativo, a jornada completa y publicar el texto íntegro de las mismas. Asimismo, conforme a estas, será la
fecha de publicación en el BOE del correspondiente anuncio, la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias.
CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR
ADMINISTRATIVO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN, TURNO LIBRE
Primera.- Normas generales y requisitos.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, una plaza de Auxiliar Administrativo/a
mediante el sistema de concurso-oposición libre, correspondiente al grupo C2, contenida en la OEP del año 2024, aprobada
por resolución de Alcaldía de fecha 31/07/2024, anuncio DOE número 154 de 8 de agosto de 2024, según el art. 76 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, encuadrada en la escala de Administración General, subescala Auxiliar, dotada con los emolumentos
correspondientes a dicho grupo, derecho a trienios, dos pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con
arreglo a la legislación vigente y la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso
al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las pruebas se realizarán en español.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con
los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitado
que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de
tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones
en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello, deberán
formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de
participación dentro del plazo de presentación de instancias. Dicha petición deberá estar
motivada. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el
resto de los aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de
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