Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04039/2024)
Convenio de colaboración para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4039/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 4039/2024
Convenio de colaboración para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de
plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura
Expediente 157/2024, convenio de colaboración para delegación de competencias de Tribunal Único de Policía Local.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES
DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE PARA LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS Y LA
IMPLANTACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE
POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 16 de febrero de 2024 adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Delegar la competencia para la selección de los Policías Locales por oposición libre en la Junta de Extremadura, a
través de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, de conformidad con lo previsto en el anexo I del convenio de
colaboración entre la anterior Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Federación de Municipio
y Provincias de Extremadura, por el que se implementa la figura del Tribunal Único en los procesos de selección para la
cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
Segundo. Autorizar la celebración del citado convenio con la Consejería competente en materia de coordinación de Policías
Locales.
Tercero. Facultar a la Alcaldía de este Ayuntamiento para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la ejecución
del presente acuerdo.
Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley
40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIALOGO SOCIAL Y EL AYUNTAMIENTO
DE FUENTE DEL MAESTRE, PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA
COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA
REUNIDOS
De una parte, don David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, para cuyo
cargo fue nombrado por decreto 84/2023, de 28 de julio (DOE número 146, de 31 de julio), en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas mediante resolución de 4 de octubre de 2023, por el que se delegan determinadas
competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General de la Consejería (DOE número 194 de 9 de
octubre de 2023).
De otra parte, don Juan Antonio Barrios García, Alcalde del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, nombrado en sesión
plenaria de fecha 17/06/2023, habiendo sido autorizado para la firma del presente convenio mediante acuerdo de Pleno de
fecha 16/02/2024.
Las partes intervienen en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y
recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el presente convenio, y a tales efectos.
EXPONEN
Primero. La Comunidad Autónoma de Extremadura, según dispone el artículo 9.1.41 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene atribuidas de forma
exclusiva las competencias en la coordinación y demás facultades previstas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con las Policías Locales de Extremadura. Por su parte, la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, determina en su artículo 46.3, que los ayuntamientos podrán
solicitar a la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales la colaboración en la realización de las
pruebas de selección para el ingreso o la promoción del personal de las Policías Locales, pudiendo asumir la citada
Consejería la convocatoria conjunta de varios procesos selectivos mediante la constitución de un Tribunal Único. Asimismo,
desde la Junta de Extremadura se promoverá y potenciarán las convocatorias conjuntas con un Tribunal Único para el mayor
número de municipios de Extremadura, haciendo uso de esta posibilidad siempre que sea posible.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura
Expediente 157/2024, convenio de colaboración para delegación de competencias de Tribunal Único de Policía Local.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES
DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE PARA LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS Y LA
IMPLANTACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE
POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 16 de febrero de 2024 adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Delegar la competencia para la selección de los Policías Locales por oposición libre en la Junta de Extremadura, a
través de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, de conformidad con lo previsto en el anexo I del convenio de
colaboración entre la anterior Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Federación de Municipio
y Provincias de Extremadura, por el que se implementa la figura del Tribunal Único en los procesos de selección para la
cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
Segundo. Autorizar la celebración del citado convenio con la Consejería competente en materia de coordinación de Policías
Locales.
Tercero. Facultar a la Alcaldía de este Ayuntamiento para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la ejecución
del presente acuerdo.
Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley
40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIALOGO SOCIAL Y EL AYUNTAMIENTO
DE FUENTE DEL MAESTRE, PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA
COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA
REUNIDOS
De una parte, don David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, para cuyo
cargo fue nombrado por decreto 84/2023, de 28 de julio (DOE número 146, de 31 de julio), en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas mediante resolución de 4 de octubre de 2023, por el que se delegan determinadas
competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General de la Consejería (DOE número 194 de 9 de
octubre de 2023).
De otra parte, don Juan Antonio Barrios García, Alcalde del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, nombrado en sesión
plenaria de fecha 17/06/2023, habiendo sido autorizado para la firma del presente convenio mediante acuerdo de Pleno de
fecha 16/02/2024.
Las partes intervienen en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y
recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el presente convenio, y a tales efectos.
EXPONEN
Primero. La Comunidad Autónoma de Extremadura, según dispone el artículo 9.1.41 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene atribuidas de forma
exclusiva las competencias en la coordinación y demás facultades previstas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con las Policías Locales de Extremadura. Por su parte, la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, determina en su artículo 46.3, que los ayuntamientos podrán
solicitar a la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales la colaboración en la realización de las
pruebas de selección para el ingreso o la promoción del personal de las Policías Locales, pudiendo asumir la citada
Consejería la convocatoria conjunta de varios procesos selectivos mediante la constitución de un Tribunal Único. Asimismo,
desde la Junta de Extremadura se promoverá y potenciarán las convocatorias conjuntas con un Tribunal Único para el mayor
número de municipios de Extremadura, haciendo uso de esta posibilidad siempre que sea posible.
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