Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04048/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas vacantes de personal laboral fijo, de Técnico/a Auxiliar Informática, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Servicio de Administración de Recursos Humanos
Badajoz
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Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas vacantes de personal laboral fijo, de Técnico/a Auxiliar
Informática, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz

El Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Badajoz, PROMEDIO, procede a la
convocatoria pública de pruebas selectivas para proveer en propiedad plazas vacantes, conforme a las siguientes bases:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
La provisión por turno libre, mediante concurso-oposición de dos (2) plazas vacantes de personal laboral fijo, de Técnico/a
Auxiliar Informática, clasificada en el grupo C, subgrupo C1, de las cuales una plaza corresponde a la oferta de empleo
público para 2022 del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz, aprobada
mediante resolución de fecha 28 de noviembre de 2022, de la Vicepresidencia del Consorcio para la Gestión de Servicios
Medioambientales de la Diputación de Badajoz, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 236, con fecha 12 de
diciembre de 2022, y una plaza a la oferta de empleo público para 2023 del Consorcio para la Gestión de Servicios
Medioambientales de la Diputación de Badajoz, aprobada mediante resolución de fecha 8 de abril de 2024, de la
Vicepresidencia del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz, publicada en el
Diario Oficial de Extremadura número 75, de fecha 18 de abril de 2024.
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la
página web de la Diputación Provincial de Badajoz y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se adoptarán
para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las
adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho
proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. En todo
caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de
otro estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, título académico oficial de Técnico de
Formación Profesional perteneciente a la familia profesional Informática y Comunicaciones, o formación
superior del mismo ámbito como Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red, en
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos o en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, o similares.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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