Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04024/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de tres plazas vacantes de Técnico/a Auxiliar Gestión Medioambiental, especialidad Mantenimiento de Equipos, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Servicio de Administración de Recursos Humanos
Badajoz
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Bases de la convocatoria para la provisión de tres plazas vacantes de Técnico/a Auxiliar Gestión Medioambiental,
especialidad Mantenimiento de Equipos, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación
de Badajoz

El Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Badajoz, PROMEDIO, procede a la
convocatoria pública de pruebas selectivas para proveer en propiedad plazas vacantes, conforme a las siguientes bases:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Publicada la oferta de empleo público para 2022 del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la
Diputación de Badajoz, en el Diario Oficial de Extremadura número 236, de fecha 12 de diciembre de 2022 y aprobada
mediante resolución de la Vicepresidencia del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de
Badajoz de fecha 28 de noviembre de 2022, en la que constan seis (6) plazas de Técnico/a Auxiliar Gestión Medioambiental,
tres (3) en la especialidad de Análisis de Laboratorio y tres (3) en la especialidad de Mantenimiento de Equipos se procede a
la provisión por turno libre, mediante concurso-oposición de tres (3) plazas vacantes de personal laboral fijo, Técnico/a
Auxiliar Gestión Medioambiental, para el desarrollo de las funciones correspondientes a la especialidad de Mantenimiento
de Equipos, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1.
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la
página web de la Diputación Provincial de Badajoz y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se
adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez
superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las
personas aspirantes.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado
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