Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04031/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Agente Vigilante para el Servicio de Rentas de Tributos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 4031/2024
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas
precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes.
Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el registro general
de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes) o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
fax 924527978 o bien al correo electrónico personal@villafrancadelosbarros.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que
aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado
íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante. En ningún caso
la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría sustitución del trámite de presentación de
la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 15,00 euros atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de los
derechos de examen (BOP número 166 de 31 de agosto de 2021) y se harán efectivos de cualquiera de las dos formas
siguientes:
Ingreso en el número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939 7936. Debiendo figurar en el documento de pago
el concepto: "Pruebas selectivas Vigilante de Rentas", además de nombre, apellidos y DNI del aspirante.
Pago con tarjeta bancaria a través de nuestra página web en el enlace:
https://www.villafrancadelosbarros.es/services?category=tramites o bien dentro de la página siguiendo la ruta:
Tramites-Servicios-Trámites Administrativos-Tasa derechos de examen. Siendo necesario para ello registrarse
previamente en la página e indicar como concepto: "Pruebas selectivas Vigilante de Rentas".
Exenciones y Bonificaciones:
Estarán exentos del pago de la tasa, aquellos solicitantes que acrediten, en el momento de presentación de la solicitud, la
condición de demandante de empleo de 180 días en los últimos 12 meses, a través de la correspondiente tarjeta de empleo
e informe de vida laboral actualizado.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias numerosas que
tengan reconocidas tal condición, clasificadas de "Categoría especial", de acuerdo al artículo 12 c) de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección de Familia Numerosa o discapacitados en grado igual o superior al 33% y del 30% del importe de
la tasa para los miembros de familia numerosa que tengan reconocida la condición, clasificadas de "categoría general",
acreditándolo con certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el
momento de presentación de la solicitud.
Tarifas
Tasa derecho a examen subgrupo AP
Tarifa general
15,00 €
Familia numerosa "categoría general"
10,50 €
Familia numerosa "categoría especial"
7,50 €
Discapacitados en grado igual o superior al 33%
7,50 €
Demandante de empleo, 180 días en los últimos 12 meses
Exento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas
precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes.
Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el registro general
de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes) o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
fax 924527978 o bien al correo electrónico personal@villafrancadelosbarros.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que
aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado
íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante. En ningún caso
la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría sustitución del trámite de presentación de
la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 15,00 euros atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de los
derechos de examen (BOP número 166 de 31 de agosto de 2021) y se harán efectivos de cualquiera de las dos formas
siguientes:
Ingreso en el número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939 7936. Debiendo figurar en el documento de pago
el concepto: "Pruebas selectivas Vigilante de Rentas", además de nombre, apellidos y DNI del aspirante.
Pago con tarjeta bancaria a través de nuestra página web en el enlace:
https://www.villafrancadelosbarros.es/services?category=tramites o bien dentro de la página siguiendo la ruta:
Tramites-Servicios-Trámites Administrativos-Tasa derechos de examen. Siendo necesario para ello registrarse
previamente en la página e indicar como concepto: "Pruebas selectivas Vigilante de Rentas".
Exenciones y Bonificaciones:
Estarán exentos del pago de la tasa, aquellos solicitantes que acrediten, en el momento de presentación de la solicitud, la
condición de demandante de empleo de 180 días en los últimos 12 meses, a través de la correspondiente tarjeta de empleo
e informe de vida laboral actualizado.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias numerosas que
tengan reconocidas tal condición, clasificadas de "Categoría especial", de acuerdo al artículo 12 c) de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección de Familia Numerosa o discapacitados en grado igual o superior al 33% y del 30% del importe de
la tasa para los miembros de familia numerosa que tengan reconocida la condición, clasificadas de "categoría general",
acreditándolo con certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el
momento de presentación de la solicitud.
Tarifas
Tasa derecho a examen subgrupo AP
Tarifa general
15,00 €
Familia numerosa "categoría general"
10,50 €
Familia numerosa "categoría especial"
7,50 €
Discapacitados en grado igual o superior al 33%
7,50 €
Demandante de empleo, 180 días en los últimos 12 meses
Exento
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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