Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (03990/2024)
Extracto de modificación de las bases reguladoras con convocatoria para 2024, del Plan de Empleo Provincial de la Diputación de Badajoz para la concesión de ayudas a las entidades locales con destino a la creación de empleo en sus ámbitos territorial
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 3990/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Badajoz
Anuncio 3990/2024
Extracto de modificación de las bases reguladoras con convocatoria para 2024, del Plan de Empleo Provincial de la
Diputación de Badajoz para la concesión de ayudas a las entidades locales con destino a la creación de empleo en sus
ámbitos territorial
MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS CON CONVOCATORIA PARA 2024, DEL PLAN DE EMPLEO PROVINCIAL DE LA
DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS ENTIDADES LOCALES CON DESTINO A LA CREACIÓN DE
EMPLEO EN SUS ÁMBITOS TERRITORIALES
BDNS (IDENTIF.): 768196
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768196).
De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
A (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), se publica el extracto de rectificación de errores materiales de las bases de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Por acuerdo de 31/05/2024 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Badajoz se aprueba una modificación de
las bases reguladoras del Plan de Empleo Provincial para la concesión de subvenciones a las entidades locales con destino a
la creación de empleo en sus ámbitos territoriales, en los siguientes términos:
Base 6. Destino de las subvenciones. Gastos subvencionables.
Donde dice: "En cualquier caso, solo serán gastos subvencionables los costes derivados de contratos laborales
formalizados y finalizados en el periodo comprendido entre el 15 de junio de 2024 y el 15 de junio de 2025, con
órdenes de pago emitidas y efectivamente abonadas por la entidad antes del 30 de junio de 2025".
Debe decir: "En cualquier caso, solo serán gastos subvencionables los costes derivados de contratos laborales
formalizados y finalizados en el periodo comprendido entre el 15 de junio de 2024 y el 15 de junio de 2025, con
órdenes de pago emitidas y efectivamente abonadas por la entidad antes del 31 de julio de 2025".
Anexo VI. Cuenta justificativa: Certificación final de los pagos realizados.
Donde dice: "Pagos realizados con cargo a la subvención a 31/12/2025", "pagos realizados con cargo a F.P. u otros
ingresos a 31/12/2025" y "total de pagos realizados a 31/12/2025".
Debe decir: "Pagos realizados con cargo a la subvención a 31/07/2025", "pagos realizados con cargo a F.P. u otros
ingresos a 31/07/2025" y "total de pagos realizados a 31/07/2025".
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente P.D. (Decreto 17/07/2024, BOP de 23/07/2024). La Vicepresidenta
Primera y Diputada Delegada del Área de Cooperación Municipal, Raquel del Puerto Carrasco.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Diputación de Badajoz para la concesión de ayudas a las entidades locales con destino a la creación de empleo en sus
ámbitos territorial
MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS CON CONVOCATORIA PARA 2024, DEL PLAN DE EMPLEO PROVINCIAL DE LA
DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS ENTIDADES LOCALES CON DESTINO A LA CREACIÓN DE
EMPLEO EN SUS ÁMBITOS TERRITORIALES
BDNS (IDENTIF.): 768196
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768196).
De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
A (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), se publica el extracto de rectificación de errores materiales de las bases de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Por acuerdo de 31/05/2024 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Badajoz se aprueba una modificación de
las bases reguladoras del Plan de Empleo Provincial para la concesión de subvenciones a las entidades locales con destino a
la creación de empleo en sus ámbitos territoriales, en los siguientes términos:
Base 6. Destino de las subvenciones. Gastos subvencionables.
Donde dice: "En cualquier caso, solo serán gastos subvencionables los costes derivados de contratos laborales
formalizados y finalizados en el periodo comprendido entre el 15 de junio de 2024 y el 15 de junio de 2025, con
órdenes de pago emitidas y efectivamente abonadas por la entidad antes del 30 de junio de 2025".
Debe decir: "En cualquier caso, solo serán gastos subvencionables los costes derivados de contratos laborales
formalizados y finalizados en el periodo comprendido entre el 15 de junio de 2024 y el 15 de junio de 2025, con
órdenes de pago emitidas y efectivamente abonadas por la entidad antes del 31 de julio de 2025".
Anexo VI. Cuenta justificativa: Certificación final de los pagos realizados.
Donde dice: "Pagos realizados con cargo a la subvención a 31/12/2025", "pagos realizados con cargo a F.P. u otros
ingresos a 31/12/2025" y "total de pagos realizados a 31/12/2025".
Debe decir: "Pagos realizados con cargo a la subvención a 31/07/2025", "pagos realizados con cargo a F.P. u otros
ingresos a 31/07/2025" y "total de pagos realizados a 31/07/2025".
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente P.D. (Decreto 17/07/2024, BOP de 23/07/2024). La Vicepresidenta
Primera y Diputada Delegada del Área de Cooperación Municipal, Raquel del Puerto Carrasco.
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