Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (04002/2024)
Bases reguladoras del concurso en régimen de concurrencia competitiva, de habilidades de tractores con remolque y premios gran racimo, melón y sandía de las CCV Fiestas de la Piedad y XLXI Feria de la Vendimia 2024
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 4002/2024
– El tiempo máximo lo determinará el equipo que diseña el circuito y se comunicará al principio
del mismo. El participante que supere el tiempo queda descalificado.
– El concursante que pise con cualquier rueda del tractor o remolque, la línea de delimitación
del trazado de la maniobra o algún obstáculo que delimita el circuito, será penalizado.
– Por motivos de seguridad el concursante siempre hará el recorrido acompañado por un
miembro del Jurado.
– El concursante que menos tiempo tarde en realizar la maniobra sin salirse del trazado o sin
pisar las líneas de delimitación o algún obstáculo que delimita el circuito, habiendo colocado las
2 ruedas traseras del remolque en las marcas establecidas en el circuito, será el ganador.
El jurado se guarda la posibilidad de no conceder el premio por el incumplimiento de las condiciones de
participación recogidas en estas bases reguladoras y/o siempre que haya acuerdo del mismo al respecto y
esté debidamente motivado.
El fallo del jurado se hará público el mismo día del concurso y se dará traslado del mismo a la comisión de
valoración, junto a las solicitudes de los participantes.
Noveno.- Tramitación y valoración de solicitudes.
La instrucción del procedimiento de concesión del premio corresponderá a la Jefatura de Sección de Turismo, Comercio y
Festejos. Realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de
los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
El órgano colegiado competente para la propuesta de concesión estará compuesto por el Concejal Delegado de Agricultura y
otro técnico municipal competente por razón de la materia. El órgano colegiado, a la vista de la resolución del jurado, del
expediente y del informe del órgano instructor, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada,
que se elevará al órgano competente para la concesión.
La propuesta de concesión se formulará a la Junta de Gobierno Local que será el órgano competente para la concesión de
premios.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de premio.
Décimo.- Pago de los premios.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo abonará el premio posteriormente a la resolución de la concesión.
No podrá realizarse el pago del premio en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El órgano instructor correspondiente deberá remitir los expedientes a la Intervención Municipal con informe que acredite la
adecuación de la documentación solicitada y el proyecto o actividad relativa al premio, a las bases de la convocatoria.
Los premios están sujetos a retenciones tal como estipula la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no
Residentes y sobre el Patrimonio.
Décimo primero.- Obligaciones de los beneficiarios.
Las entidades beneficiarias de los premios adquieren las siguientes obligaciones:
Realizar las actividades o programas objeto de premio en los plazos establecidos.
Facilitar cuánta documentación sea requerida por la Concejalía de Comercio y la intervención
Municipal al objeto de supervisar la adecuada aplicación de los premios.
Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases.
Décimo segundo.- Revocación y reintegro de los premios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 7
Anuncio 4002/2024
– El tiempo máximo lo determinará el equipo que diseña el circuito y se comunicará al principio
del mismo. El participante que supere el tiempo queda descalificado.
– El concursante que pise con cualquier rueda del tractor o remolque, la línea de delimitación
del trazado de la maniobra o algún obstáculo que delimita el circuito, será penalizado.
– Por motivos de seguridad el concursante siempre hará el recorrido acompañado por un
miembro del Jurado.
– El concursante que menos tiempo tarde en realizar la maniobra sin salirse del trazado o sin
pisar las líneas de delimitación o algún obstáculo que delimita el circuito, habiendo colocado las
2 ruedas traseras del remolque en las marcas establecidas en el circuito, será el ganador.
El jurado se guarda la posibilidad de no conceder el premio por el incumplimiento de las condiciones de
participación recogidas en estas bases reguladoras y/o siempre que haya acuerdo del mismo al respecto y
esté debidamente motivado.
El fallo del jurado se hará público el mismo día del concurso y se dará traslado del mismo a la comisión de
valoración, junto a las solicitudes de los participantes.
Noveno.- Tramitación y valoración de solicitudes.
La instrucción del procedimiento de concesión del premio corresponderá a la Jefatura de Sección de Turismo, Comercio y
Festejos. Realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de
los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
El órgano colegiado competente para la propuesta de concesión estará compuesto por el Concejal Delegado de Agricultura y
otro técnico municipal competente por razón de la materia. El órgano colegiado, a la vista de la resolución del jurado, del
expediente y del informe del órgano instructor, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada,
que se elevará al órgano competente para la concesión.
La propuesta de concesión se formulará a la Junta de Gobierno Local que será el órgano competente para la concesión de
premios.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de premio.
Décimo.- Pago de los premios.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo abonará el premio posteriormente a la resolución de la concesión.
No podrá realizarse el pago del premio en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El órgano instructor correspondiente deberá remitir los expedientes a la Intervención Municipal con informe que acredite la
adecuación de la documentación solicitada y el proyecto o actividad relativa al premio, a las bases de la convocatoria.
Los premios están sujetos a retenciones tal como estipula la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no
Residentes y sobre el Patrimonio.
Décimo primero.- Obligaciones de los beneficiarios.
Las entidades beneficiarias de los premios adquieren las siguientes obligaciones:
Realizar las actividades o programas objeto de premio en los plazos establecidos.
Facilitar cuánta documentación sea requerida por la Concejalía de Comercio y la intervención
Municipal al objeto de supervisar la adecuada aplicación de los premios.
Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases.
Décimo segundo.- Revocación y reintegro de los premios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 7