Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (04013/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos bajo la modalidad de suplemento de crédito
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Ayuntamiento de Aceuchal

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Aceuchal
Aceuchal (Badajoz)
Anuncio 4013/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos bajo la modalidad de suplemento de crédito

Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos bajo la modalidad de suplemento, al no haberse
presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo
plenario de fecha 4 de julio de 2024, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos finales

75.000,00 €

30.000,00 €

105.000,00 €

0,00 €

25.000,00 €

25.000,00 €

Progr. Económica
151

631.01

AEPSA materiales

1532

619.01

Construcción de nichos

151

619.00

Otras inversiones. equipamiento

1532

619.00

Abastecimiento asfalto

011

911.02

Amortización anticipo
reintegrable

6.000,00 €

25.000,00 €

31.000,00 €

15.000,00 €

35.000,00 €

50.000,00 €

0,00 €

20.184,64 €

20.184,64 €

Total:

135.184,64 €

Esta modificación se financia con cargo a la concesión de fondos FEAR de Diputación 2024, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos:

Aplicación económica

Descripción

Cap.

Art.

Conc.

9

91

911.00

Anticipo reintegrable 2024

Total ingresos:

Euros
135.184,64 €
135.184,64 €

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a
contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Aceuchal, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Sergio Gordón Lozano.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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