Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03959/2024)
Extracto de las bases de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva, destinadas a entidades sociales sin ánimo de lucro para el año 2024
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 3959/2024

existentes.
c. Promover la integración entre las personas procedentes de otros países y la población
autóctona, fomentando su participación en todos los ámbitos sociales.
d. Prestar acogida, información y apoyo a personas inmigrantes y refugiadas.
e. Fomentar proyectos o actividades dirigidas, de manera específica, a aquellos grupos de
inmigrantes en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social.
f. Impulsar aquellas actuaciones dirigidas a facilitar la integración social de las mujeres
inmigrantes.
4. Programas dirigidos a personas con discapacidades que desarrollen alguno de los siguientes objetivos:
a. Sensibilizar e informar a la población general.
b. Prestar información, asesoramiento y apoyo social.
c. Favorecer la promoción de la participación de personas con discapacidades y sus familias.
d. Favorecer la integración social de las personas con discapacidad en su entorno.
e. Favorecer la autonomía de las personas con discapacidad y sus familias.

Tercero.- Cuantía y financiación.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 45.000,00 € con cargo a la partida
presupuestaria 23100 48000 del vigente presupuesto municipal, existiendo crédito presupuestario suficiente.
Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud acompañada de la documentación solicitada complementaria correspondiente, deberá presentarse a través de
la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas
al Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de veinte días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el BOP de
Badajoz.
Quinto.- Otros datos.
Las entidades solicitantes están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración para la
tramitación de la presente subvención.
Las solicitudes de subvención y anexos estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Almendralejo
(https://www.almendralejo.es) y se presentarán de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Almendralejo (https://almendralejo.sedelectronica.es/info.0) en los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, José María Ramírez Morán.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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