Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (03943/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Profesor de Viento Madera, personal laboral fijo discontinuo, turno libre, por el sistema de oposición, para la Escuela Municipal de Música de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 3943/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 3943/2024
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Profesor de Viento Madera, personal laboral fijo
discontinuo, turno libre, por el sistema de oposición, para la Escuela Municipal de Música de Don Benito

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE PROFESOR DE VIENTO MADERA, PERSONAL
LABORAL FIJO DISCONTINUO, TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA OPOSICIÓN, PARA LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE
DON BENITO
D.ª María Fernanda Sánchez Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local,
convoca pruebas selectivas para cubrir, una plaza de Profesor de Viento Madera, vacante en la plantilla de personal de este
Ayuntamiento, correspondiente a la OEP de 2024, del turno: Libre, mediante sistema de oposición, con arreglo a las
siguientes:
BASES:
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de oposición, en el turno
libre, una plaza vacante de Profesor de Viento Madera, para la Escuela Municipal del Ayuntamiento de Don
Benito, incluida en la oferta de empleo público para el año 2024, con código RPT EMPR02, personal laboral fijo
discontinuo a tiempo parcial (57,14%) perteneciente al grupo A, subgrupo A2, dotada con los emolumentos
correspondientes a dicho grupo, nivel y complemento específico consignados presupuestariamente y demás
retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público (EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.
2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer
los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, para el acceso al
empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título profesional de música o titulación del plan del año 66 (Decreto 2618/1966), en
las especialidades de Clarinete o Saxofon, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo
de presentación de instancias. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar
certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que
acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto al que se aspira.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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