Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (03938/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Técnico Auxiliar de Biblioteca, personal funcionario, en el turno de promoción interna por el sistema de concurso oposición, en el Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Don Benito
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
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9.3.- En dicha toma de posesión, los aspirantes nombrados deberán prestar juramento o promesa de acuerdo
con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
9.4.- Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo
de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la
misma o, directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1982, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
recurso que se estime pertinente.
2.º.- Cuando se haya interpuesto recurso de reposición, contra el presente acto, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente a su notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente de Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.
11.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros
automatizados de Secretaría General y Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros
extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán
públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales
efectos, cuyo titular es el Ayuntamiento de Don Benito, sito en plaza de España, 1, de Don Benito (Badajoz),
ante el que puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículos 15 a
22 del Reglamento (UE) 2016/679.
12.- Igualdad de género.
Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a
personas de ambos sexos.
13.- Disposición final.
Las presentes bases están a disposición de todas las personas interesadas y público en general en las
dependencias municipales de la Secretaría General de este Ayuntamiento.
Don Benito, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Fernanda Sánchez Rodríguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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9.3.- En dicha toma de posesión, los aspirantes nombrados deberán prestar juramento o promesa de acuerdo
con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
9.4.- Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo
de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la
misma o, directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1982, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
recurso que se estime pertinente.
2.º.- Cuando se haya interpuesto recurso de reposición, contra el presente acto, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente a su notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente de Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.
11.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros
automatizados de Secretaría General y Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros
extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán
públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales
efectos, cuyo titular es el Ayuntamiento de Don Benito, sito en plaza de España, 1, de Don Benito (Badajoz),
ante el que puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículos 15 a
22 del Reglamento (UE) 2016/679.
12.- Igualdad de género.
Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a
personas de ambos sexos.
13.- Disposición final.
Las presentes bases están a disposición de todas las personas interesadas y público en general en las
dependencias municipales de la Secretaría General de este Ayuntamiento.
Don Benito, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Fernanda Sánchez Rodríguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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