Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (03754/2024)
Nombramiento como personal laboral fijo, mediante concurso dentro del proceso de estabilización de empleo temporal, de dos plazas de Policía Rural
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 3754/2024
Nombre y apellidos
DNI
Plaza
Grupo
Ramírez García, Fernando
*****863B
Policía Rural
E/AP
Toro Pérez, Maximino
*****796L
Policía Rural
E/AP
Segundo. Comunicar la presente a la Secretaría General de la entidad, a fin de que proceda a
publicar el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia y en su sede electrónica:
http://lossantosdemaimona.sedelectronica.es, comunicando que, para adquirir la condición de
personal laboral fijo en la categoría nombrada, deberá tomar posesión en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se le
comunica a los efectos de notificar la presente a las personas interesadas.
Tercero. Comunicar la presente al Registro de Personal, para su conocimiento y efectos
oportunos.
Cuarto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de su notificación, o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día
siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición,
se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como
desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, la interesada podrá presentar
cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos e intereses."
Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al
de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de
conformidad con los artículos 88, 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o
bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, los
interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e
intereses.
Los Santos de Maimona, a fecha de firma digital.- El Secretario General, José Carlos Pérez Durán.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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publicar el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia y en su sede electrónica:
http://lossantosdemaimona.sedelectronica.es, comunicando que, para adquirir la condición de
personal laboral fijo en la categoría nombrada, deberá tomar posesión en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se le
comunica a los efectos de notificar la presente a las personas interesadas.
Tercero. Comunicar la presente al Registro de Personal, para su conocimiento y efectos
oportunos.
Cuarto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de su notificación, o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día
siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición,
se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como
desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, la interesada podrá presentar
cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos e intereses."
Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al
de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de
conformidad con los artículos 88, 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o
bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, los
interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e
intereses.
Los Santos de Maimona, a fecha de firma digital.- El Secretario General, José Carlos Pérez Durán.
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