Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (03887/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza vacante de personal laboral fijo, Ingeniero/a Técnico/a Obras Públicas, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO
Anuncio 3887/2024
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. Cuando no fuera posible que la mayoría de sus miembros fueran titulares de la
especialidad que se tuviera que seleccionar, el Tribunal podrá completarse con empleados/as de otra especialidad, clase,
subescala, o escala, según establece el artículo 6.8 del Reglamento regulador de la composición y designación de los
Tribunales de Selección en la Diputación de Badajoz. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la vocalía presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de PROMEDIO, Diputación o de otras Administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima.- Sistema selectivo.
El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y
fase de periodo de prueba. Solamente se valorará la fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente
superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 30 puntos). Constará de tres pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios
entre sí:
1. Primer ejercicio (10 puntos máximo): Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
ciento veinte minutos, un cuestionario de 100 preguntas, más 10 de reserva, con tres respuestas alternativas,
de las cuales solo una de ellas será la correcta, basadas en el temario anexo, 50 de ellas serán relativas a los
temas del bloque I (temas 1 a 12) y 50 a los del bloque II (temas 13 a 60). Cada respuesta correcta sumará 0,1
puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no
contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas"
habilitado en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz/trámites ciudadanos y empresas / trámites por
delegaciones / Recursos Humanos y Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres
horas, dos temas de entre tres propuestos por el Tribunal de Selección, pertenecientes a las materias del
temario anexo, bloque II (temas 13 a 60). Los tres temas serán seleccionados al azar en presencia de las
personas aspirantes, mediante el procedimiento de insaculación. La puntuación global del ejercicio será la
media de la puntuación obtenida en los dos temas elegidos por cada aspirante, calificados sobre 10 puntos,
debiendo alcanzarse al menos 5 puntos. Criterios de valoración: Conocimientos generales (hasta 8 puntos),
claridad y orden de ideas (hasta 1 punto), y capacidad de expresión y síntesis (hasta 1 punto).
3. Tercer ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar a dos supuestos prácticos relacionados con el
temario anexo, bloque II (temas 13 a 60), de entre tres propuestos por el Tribunal de Selección, durante un
tiempo máximo de tres horas, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia
a la plaza objeto de la convocatoria. La puntuación global del ejercicio será la media de la puntuación
obtenida en los dos supuestos, calificados sobre 10 puntos, debiendo alcanzarse al menos 5 puntos. Cada
supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se establezca en el mismo.
◦ Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí
y su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener
al menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio. En el segundo y tercer ejercicio, los errores,
omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán
la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la media resultante de las calificaciones otorgadas por
cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual
o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos,
solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
El temario está recogido en el anexo I a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se considerará
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. Cuando no fuera posible que la mayoría de sus miembros fueran titulares de la
especialidad que se tuviera que seleccionar, el Tribunal podrá completarse con empleados/as de otra especialidad, clase,
subescala, o escala, según establece el artículo 6.8 del Reglamento regulador de la composición y designación de los
Tribunales de Selección en la Diputación de Badajoz. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la vocalía presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de PROMEDIO, Diputación o de otras Administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima.- Sistema selectivo.
El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y
fase de periodo de prueba. Solamente se valorará la fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente
superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 30 puntos). Constará de tres pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios
entre sí:
1. Primer ejercicio (10 puntos máximo): Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
ciento veinte minutos, un cuestionario de 100 preguntas, más 10 de reserva, con tres respuestas alternativas,
de las cuales solo una de ellas será la correcta, basadas en el temario anexo, 50 de ellas serán relativas a los
temas del bloque I (temas 1 a 12) y 50 a los del bloque II (temas 13 a 60). Cada respuesta correcta sumará 0,1
puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no
contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas"
habilitado en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz/trámites ciudadanos y empresas / trámites por
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https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres
horas, dos temas de entre tres propuestos por el Tribunal de Selección, pertenecientes a las materias del
temario anexo, bloque II (temas 13 a 60). Los tres temas serán seleccionados al azar en presencia de las
personas aspirantes, mediante el procedimiento de insaculación. La puntuación global del ejercicio será la
media de la puntuación obtenida en los dos temas elegidos por cada aspirante, calificados sobre 10 puntos,
debiendo alcanzarse al menos 5 puntos. Criterios de valoración: Conocimientos generales (hasta 8 puntos),
claridad y orden de ideas (hasta 1 punto), y capacidad de expresión y síntesis (hasta 1 punto).
3. Tercer ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar a dos supuestos prácticos relacionados con el
temario anexo, bloque II (temas 13 a 60), de entre tres propuestos por el Tribunal de Selección, durante un
tiempo máximo de tres horas, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia
a la plaza objeto de la convocatoria. La puntuación global del ejercicio será la media de la puntuación
obtenida en los dos supuestos, calificados sobre 10 puntos, debiendo alcanzarse al menos 5 puntos. Cada
supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se establezca en el mismo.
◦ Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí
y su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener
al menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio. En el segundo y tercer ejercicio, los errores,
omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán
la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la media resultante de las calificaciones otorgadas por
cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual
o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos,
solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
El temario está recogido en el anexo I a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se considerará
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