Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (03898/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza con carácter temporal de Profesor de Piano para la Escuela Municipal
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Garrovilla
Anuncio 3898/2024
a) Experiencia: Hasta un máximo de 2,5 puntos
Por desarrollo de la actividad docente de Profesor/a de Piano en una Escuela de Música,
Conservatorio, Organismo educativo público o privado o Administración Pública
0,05 puntos por cada mes
Si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano correspondiente.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Octava. Calificación.
Tras calificar ambas fases, el Tribunal hallará la puntuación total sumando la puntuación obtenida en la fase del concurso y
oposición, y elaborará, por orden de puntuación, una lista.
En caso de empate, se acudirá para dirimirlo a la nota obtenida en la fase de oposición.
Novena. Relación de personas aprobadas.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://lagarrovilla.sedelectronica.es/info.0).
Se señalará un plazo de dos días para reclamaciones.
Posteriormente, vistas e informadas las reclamaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el
acta del proceso selectivo para que se proceda a la contratación como personal laboral temporal de la persona
seleccionada, constituyéndose una lista de espera con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las aspirantes según el orden de
prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese la contratación no fuera
contratada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocara al siguiente candidato que hubiera
superado el proceso de selección.
Décima. Acreditación de requisitos.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el Ayuntamiento la siguiente
documentación:
Titulación exigida en la base segunda.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario deberán acreditar dicho
reconocimiento.
Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la nacionalidad.
El documento que se presente deberá encontrarse en vigor.
Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes
funciones.
Informe de situación administrativa que acredite que se encuentra inscrito como demandante de empleo emitido
por el organismo competente.
Certificado Negativo de delitos de naturaleza sexual que constan en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Undécima. Constitución de la lista de espera.
Las personas integrantes de la lista de espera ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación
obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la
puntuación que ostenta dentro del listado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9
Anuncio 3898/2024
a) Experiencia: Hasta un máximo de 2,5 puntos
Por desarrollo de la actividad docente de Profesor/a de Piano en una Escuela de Música,
Conservatorio, Organismo educativo público o privado o Administración Pública
0,05 puntos por cada mes
Si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano correspondiente.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Octava. Calificación.
Tras calificar ambas fases, el Tribunal hallará la puntuación total sumando la puntuación obtenida en la fase del concurso y
oposición, y elaborará, por orden de puntuación, una lista.
En caso de empate, se acudirá para dirimirlo a la nota obtenida en la fase de oposición.
Novena. Relación de personas aprobadas.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://lagarrovilla.sedelectronica.es/info.0).
Se señalará un plazo de dos días para reclamaciones.
Posteriormente, vistas e informadas las reclamaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el
acta del proceso selectivo para que se proceda a la contratación como personal laboral temporal de la persona
seleccionada, constituyéndose una lista de espera con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las aspirantes según el orden de
prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese la contratación no fuera
contratada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocara al siguiente candidato que hubiera
superado el proceso de selección.
Décima. Acreditación de requisitos.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el Ayuntamiento la siguiente
documentación:
Titulación exigida en la base segunda.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario deberán acreditar dicho
reconocimiento.
Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la nacionalidad.
El documento que se presente deberá encontrarse en vigor.
Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes
funciones.
Informe de situación administrativa que acredite que se encuentra inscrito como demandante de empleo emitido
por el organismo competente.
Certificado Negativo de delitos de naturaleza sexual que constan en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Undécima. Constitución de la lista de espera.
Las personas integrantes de la lista de espera ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación
obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la
puntuación que ostenta dentro del listado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9