Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03878/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 04/2024 del presupuesto de 2024, en la modalidad de suplemento de crédito para financiar gastos de inversión con cargo a anticipo reintegrable del OAR
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Capítulo
Anuncio 3878/2024
Denominación capítulo
Inicial (€)
Modificaciones
anteriores (€)
Modificación (€) Modificado (€)
8
Activos financieros
2.000,00
4.099.105,56
0,00
4.101.105,56
9
Pasivos financieros
0,00
0,00
352.655,59
352.655,59
Total ingresos:
2.100.000,00
4.099.105,56
352.655,59
6.551.761,15
PRESUPUESTO DE GASTOS
Capítulo
Denominación capítulo
Inicial (€)
1
Gastos de personal
2
Gastos en bienes corrientes y
servicios
3
Gastos financieros
4
Transferencias corrientes
5
Fondo de contingencia y otros
imprevistos
6
Inversiones reales
7
Transferencias de capital
8
Activos financieros
9
Pasivos financieros
2.100.000,00
Total gastos:
Modificaciones
anteriores (€)
Modificación (€) Modificado (€)
1.142.131,00
75.775,04
0,00
1.217.906,04
448.642,00
335.327,83
0,00
783.969,83
800,00
0,00
0,00
800,00
373.040,00
7.278,87
0,00
380.318,87
0,00
0,00
0,00
0,00
76.400,00
3.666.029,82
352.655,59
4.095.085,41
0,00
0,00
0,00
0,00
2.000,00
0,00
0,00
2.000,00
56.987,00
14.694,00
0,00
71.681,00
4.099.105,56
352.655,59
6.551.761,15
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el
artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Inmaculada Fca. Vicente García de la Trenada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Capítulo
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Denominación capítulo
Inicial (€)
Modificaciones
anteriores (€)
Modificación (€) Modificado (€)
8
Activos financieros
2.000,00
4.099.105,56
0,00
4.101.105,56
9
Pasivos financieros
0,00
0,00
352.655,59
352.655,59
Total ingresos:
2.100.000,00
4.099.105,56
352.655,59
6.551.761,15
PRESUPUESTO DE GASTOS
Capítulo
Denominación capítulo
Inicial (€)
1
Gastos de personal
2
Gastos en bienes corrientes y
servicios
3
Gastos financieros
4
Transferencias corrientes
5
Fondo de contingencia y otros
imprevistos
6
Inversiones reales
7
Transferencias de capital
8
Activos financieros
9
Pasivos financieros
2.100.000,00
Total gastos:
Modificaciones
anteriores (€)
Modificación (€) Modificado (€)
1.142.131,00
75.775,04
0,00
1.217.906,04
448.642,00
335.327,83
0,00
783.969,83
800,00
0,00
0,00
800,00
373.040,00
7.278,87
0,00
380.318,87
0,00
0,00
0,00
0,00
76.400,00
3.666.029,82
352.655,59
4.095.085,41
0,00
0,00
0,00
0,00
2.000,00
0,00
0,00
2.000,00
56.987,00
14.694,00
0,00
71.681,00
4.099.105,56
352.655,59
6.551.761,15
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el
artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Inmaculada Fca. Vicente García de la Trenada.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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