Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03878/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 04/2024 del presupuesto de 2024, en la modalidad de suplemento de crédito para financiar gastos de inversión con cargo a anticipo reintegrable del OAR
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

Capítulo

Anuncio 3878/2024

Denominación capítulo

Inicial (€)

Modificaciones
anteriores (€)

Modificación (€) Modificado (€)

8

Activos financieros

2.000,00

4.099.105,56

0,00

4.101.105,56

9

Pasivos financieros

0,00

0,00

352.655,59

352.655,59

Total ingresos:

2.100.000,00

4.099.105,56

352.655,59

6.551.761,15

PRESUPUESTO DE GASTOS

Capítulo

Denominación capítulo

Inicial (€)

1

Gastos de personal

2

Gastos en bienes corrientes y
servicios

3

Gastos financieros

4

Transferencias corrientes

5

Fondo de contingencia y otros
imprevistos

6

Inversiones reales

7

Transferencias de capital

8

Activos financieros

9

Pasivos financieros

2.100.000,00

Total gastos:

Modificaciones
anteriores (€)

Modificación (€) Modificado (€)

1.142.131,00

75.775,04

0,00

1.217.906,04

448.642,00

335.327,83

0,00

783.969,83

800,00

0,00

0,00

800,00

373.040,00

7.278,87

0,00

380.318,87

0,00

0,00

0,00

0,00

76.400,00

3.666.029,82

352.655,59

4.095.085,41

0,00

0,00

0,00

0,00

2.000,00

0,00

0,00

2.000,00

56.987,00

14.694,00

0,00

71.681,00

4.099.105,56

352.655,59

6.551.761,15

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el
artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Inmaculada Fca. Vicente García de la Trenada.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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