Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (03733/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Ayudante Electricista, mediante concurso oposición y constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Zafra
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1.5. Régimen de Incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura y en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
1.6. Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto en el tablón de anuncios
de este Ayuntamiento como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra. También se publicarán íntegramente en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en extracto el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
1.7. En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local; el Reglamento general de ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del
Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes.
2.1. Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B.
f) Estar en posesión del título o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para
su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Grado Medio,
Grado Superior o equivalentes, correspondientes a la familia profesional en Electricidad y Electrónica,
expedido con arreglo a la legislación vigente establecida en el apartado 1 del Apéndice de la ITC-BT-03 del
REBT en relación con el inciso b) del apartado 4 de dicha ITC para desarrollar la actividad como "instalador de
baja tensión".
A estos efectos se entienden como títulos válidos:
Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas (familia profesional en electrónica y electrónica) correspondiente a
los estudios de Formación Profesional de Grado Medio.
Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas (familia profesional en electricidad y electrónica), correspondiente
a los estudios de Ciclos Formativos de Grado Medio.
Técnico Auxiliar Instalador-Mantenedor Eléctrico (rama de electricidad y electrónica) correspondiente a los estudios
de Módulos Profesionales de nivel 2.
Técnico Auxiliar de Electricidad (rama de electricidad y electrónica) correspondiente a los 2 estudios de Formación
Profesional de Primer Grado.
Técnico en Mantenimiento Electromecánico, de la familia profesional de instalación y mantenimiento.
Certificado de profesionalidad de Montaje y Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión, familia
profesional electricidad y electrónica, nivel 2.
Certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista de Edificios.
Certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista Industrial.
Certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista de Mantenimiento.
A estos efectos se entienden como títulos validos equivalentes:
Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados (familia profesional en electricidad y electrónica)
correspondiente a los estudios de Formación Profesional de Grado Superior.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1.5. Régimen de Incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura y en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
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de este Ayuntamiento como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra. También se publicarán íntegramente en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en extracto el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
1.7. En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local; el Reglamento general de ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del
Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes.
2.1. Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B.
f) Estar en posesión del título o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para
su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Grado Medio,
Grado Superior o equivalentes, correspondientes a la familia profesional en Electricidad y Electrónica,
expedido con arreglo a la legislación vigente establecida en el apartado 1 del Apéndice de la ITC-BT-03 del
REBT en relación con el inciso b) del apartado 4 de dicha ITC para desarrollar la actividad como "instalador de
baja tensión".
A estos efectos se entienden como títulos válidos:
Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas (familia profesional en electrónica y electrónica) correspondiente a
los estudios de Formación Profesional de Grado Medio.
Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas (familia profesional en electricidad y electrónica), correspondiente
a los estudios de Ciclos Formativos de Grado Medio.
Técnico Auxiliar Instalador-Mantenedor Eléctrico (rama de electricidad y electrónica) correspondiente a los estudios
de Módulos Profesionales de nivel 2.
Técnico Auxiliar de Electricidad (rama de electricidad y electrónica) correspondiente a los 2 estudios de Formación
Profesional de Primer Grado.
Técnico en Mantenimiento Electromecánico, de la familia profesional de instalación y mantenimiento.
Certificado de profesionalidad de Montaje y Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión, familia
profesional electricidad y electrónica, nivel 2.
Certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista de Edificios.
Certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista Industrial.
Certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista de Mantenimiento.
A estos efectos se entienden como títulos validos equivalentes:
Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados (familia profesional en electricidad y electrónica)
correspondiente a los estudios de Formación Profesional de Grado Superior.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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