Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. (03768/2024)
Exposición pública del padrón y anuncio de cobranza del Impuesto de Gastos Suntuarios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 3768/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castuera
Castuera (Badajoz)
Anuncio 3768/2024
Exposición pública del padrón y anuncio de cobranza del Impuesto de Gastos Suntuarios
EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL PADRÓN Y ANUNCIO DE COBRANZA DEL IMPUESTO DE GASTOS SUNTUARIOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, y en los
artículos 23 y 25 del Reglamento General de Recaudación, Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público:
Primero.- Mediante resolución de la Alcaldía número 2024-0496 de fecha 30 de julio de 2024, fue aprobado el padrón sobre
el Impuesto de Gastos Suntuarios correspondientes a la temporada cinegética 2024/2025. Siendo expuesto al público para
su examen y reclamación por el plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinarlo.
Segundo.- Que el plazo de ingreso voluntario de las deudas del Impuesto sobre Gastos Suntuarios 2024/2025, deberá
hacerse en los siguientes plazos, conforme al artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de
recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de
recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
Tercero.- Los contribuyentes afectados podrán realizar el pago de la deuda tributaria en el número de cuenta
ES54-0182-6031-6602-0006-0343 de BBVA, mediante la presentación del recibo correspondiente.
Finalizado el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y
devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
En Castuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Martos Ortiz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Castuera (Badajoz)
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Exposición pública del padrón y anuncio de cobranza del Impuesto de Gastos Suntuarios
EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL PADRÓN Y ANUNCIO DE COBRANZA DEL IMPUESTO DE GASTOS SUNTUARIOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, y en los
artículos 23 y 25 del Reglamento General de Recaudación, Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público:
Primero.- Mediante resolución de la Alcaldía número 2024-0496 de fecha 30 de julio de 2024, fue aprobado el padrón sobre
el Impuesto de Gastos Suntuarios correspondientes a la temporada cinegética 2024/2025. Siendo expuesto al público para
su examen y reclamación por el plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinarlo.
Segundo.- Que el plazo de ingreso voluntario de las deudas del Impuesto sobre Gastos Suntuarios 2024/2025, deberá
hacerse en los siguientes plazos, conforme al artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de
recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de
recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
Tercero.- Los contribuyentes afectados podrán realizar el pago de la deuda tributaria en el número de cuenta
ES54-0182-6031-6602-0006-0343 de BBVA, mediante la presentación del recibo correspondiente.
Finalizado el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y
devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
En Castuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Martos Ortiz.
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