Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Nogales. (03747/2024)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de fotocopias y reproducción de documentos
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Nogales
Anuncio 3747/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Nogales
Nogales (Badajoz)
Anuncio 3747/2024
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de
fotocopias y reproducción de documentos
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE FOTOCOPIAS Y REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del texto normativo y la imposición de la Ordenanza Reguladora de la tasa
por la prestación del servicio de piscina municipal, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIAS Y
REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS
Artículo 1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19, 20.4 y 57 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se establece la tasa por
la obtención de copias, cartografía, fotografías y microfilmes.
CAPÍTULO I: HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.- Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de la actividad administrativa necesaria para la prestación
de los servicios de reproducción de documentos administrativos, en general, y de fondos bibliográficos, documentales y
museográficos de carácter histórico, cultural o artístico, en formato papel o digital así como servicios administrativos como
licencias, certificados de empadronamiento.
CAPÍTULO II: SUJETOS PASIVOS
Artículo 3. Son sujetos pasivos de las tasas las personas que soliciten servicios o actividades constitutivos del hecho
imponible de esta tasa.
CAPÍTULO III: DEVENGO
Artículo 4.- El devengo de la tasa se producirá con la solicitud del servicio o actividad que no se prestarán sin que se haya
efectuado el pago correspondiente.
CAPÍTULO IV: BASE IMPONIBLE Y CUOTA TRIBUTARIA
Artículo 5.- Las tarifas que corresponde satisfacer por los servicios regulados en esta Ordenanza, serán las siguientes:
Obtención de fotocopias de documentos:
1. Por la obtención de copias impresas de documentos:
a) DIN A-4 en blanco y negro 0,10 céntimos por cara de folio.
b) DIN A-4 en color 0,20 céntimos por cara de folio.
c) DIN A-3 en blanco y negro 0,20 céntimos por cara de folio.
d) DIN A-3 en color 0,40 céntimos por cara de folio.
2. Por la obtención de la siguiente documentación:
1. Expedición de licencia urbanística 5,50 €.
2. Autorización matanzas domiciliarias 2,50 €.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4
Anuncio 3747/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Nogales
Nogales (Badajoz)
Anuncio 3747/2024
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de
fotocopias y reproducción de documentos
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE FOTOCOPIAS Y REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del texto normativo y la imposición de la Ordenanza Reguladora de la tasa
por la prestación del servicio de piscina municipal, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIAS Y
REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS
Artículo 1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19, 20.4 y 57 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se establece la tasa por
la obtención de copias, cartografía, fotografías y microfilmes.
CAPÍTULO I: HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.- Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de la actividad administrativa necesaria para la prestación
de los servicios de reproducción de documentos administrativos, en general, y de fondos bibliográficos, documentales y
museográficos de carácter histórico, cultural o artístico, en formato papel o digital así como servicios administrativos como
licencias, certificados de empadronamiento.
CAPÍTULO II: SUJETOS PASIVOS
Artículo 3. Son sujetos pasivos de las tasas las personas que soliciten servicios o actividades constitutivos del hecho
imponible de esta tasa.
CAPÍTULO III: DEVENGO
Artículo 4.- El devengo de la tasa se producirá con la solicitud del servicio o actividad que no se prestarán sin que se haya
efectuado el pago correspondiente.
CAPÍTULO IV: BASE IMPONIBLE Y CUOTA TRIBUTARIA
Artículo 5.- Las tarifas que corresponde satisfacer por los servicios regulados en esta Ordenanza, serán las siguientes:
Obtención de fotocopias de documentos:
1. Por la obtención de copias impresas de documentos:
a) DIN A-4 en blanco y negro 0,10 céntimos por cara de folio.
b) DIN A-4 en color 0,20 céntimos por cara de folio.
c) DIN A-3 en blanco y negro 0,20 céntimos por cara de folio.
d) DIN A-3 en color 0,40 céntimos por cara de folio.
2. Por la obtención de la siguiente documentación:
1. Expedición de licencia urbanística 5,50 €.
2. Autorización matanzas domiciliarias 2,50 €.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4