Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (03595/2024)
Bases para la provisión como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna, de una plaza de Intendente de la Policía Local
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 3595/2024

9.1. Finalizado el concurso-oposición, el Tribunal Calificador formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan
superado el concurso-oposición por orden de puntuación final obtenida, en número no superior al de plazas convocadas.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, además del acta de la última sesión, la
propuesta de nombramiento a favor del aspirante seleccionado/a.
9.2. En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los aspirantes que habiendo superado el concurso-oposición
no hayan sido incluidos en la lista de seleccionado y propuesta de nombramiento, a los efectos de si por cualquier
circunstancia algún aspirante aprobado no fuera nombrado funcionario de carrera, para poder serlo, por orden de
puntuación, los aspirantes que hayan superado el concurso-oposición.
9.3. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la relación de aprobados en la página web municipal,
los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador presentarán, debidamente registrados, los documentos acreditativos
de los requisitos expresados en la base 2.
La no presentación, dentro del plazo fijado, de la documentación exigida, excepto en los casos de fuerza mayor, o cuando de
la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de
falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante, comportando, por consiguiente, la
nulidad de los actos del Tribunal Calificador en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin
perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los aspirantes, según orden de puntuación obtenida, que tengan
cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia de la citada anulación.
10. Nombramiento y toma de posesión:
10.1. Presentada la documentación por el interesado y siendo esta conforme, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación efectuará nombramiento a favor del seleccionado como funcionario en prácticas en la plaza objeto de la
convocatoria.
10.2. Del nombramiento en prácticas, y del curso selectivo en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
Este nombramiento durará hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.
Será requisito indispensable superar un curso selectivo de formación en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura,
cuya duración, no será inferior a un mes.
Al aspirante que resulte designado Intendente de la Policía Local en prácticas, en el nombramiento o con posterioridad se le
comunicará la fecha en que deberá presentarse en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, para dar comienzo al
curso selectivo de formación que convocará y organizará la consejería competente de la Junta de Extremadura. En el caso de
no incorporarse en la fecha indicada se le considerará decaído en su derecho. Para obtener el nombramiento definitivo de
funcionario de carrera será condición indispensable que el aspirante realice y supere el referido curso selectivo, en la forma
anteriormente expuesta.
10.3. El periodo de formación será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos
para superarlo.
La nota final será el cociente que resulte de dividir el total de calificaciones por el número de asignaturas.
La calificación definitiva del sistema de selección vendrá dada por la media aritmética de la suma de las calificaciones
obtenidas en la fase de concurso-oposición y en el curso selectivo de promoción impartido por la Academia de Seguridad
Pública de Extremadura.
10.4. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Concluido el curso selectivo de formación, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, a la vista de la relación de aprobados, que será
hecha pública en el Diario Oficial de Extremadura y en la que deberá aparecer el aspirante aprobado en prácticas por este
Ayuntamiento, dictará resolución nombrando funcionario de carrera al referido aspirante, publicándose dicho
nombramiento en el Diario o Boletín Oficial preceptivo.
El aspirante nombrado deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de los quince días siguientes a la primera de las
publicaciones citadas en el párrafo anterior, quedando anulado su nombramiento si así no lo hiciera.
11. Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 10 de 18