Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03582/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Arquitecto
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 3582/2024

Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título. La
persona interesada aportará copia autentica o entregará una copia simple, requiriéndose en este caso, la exhibición
del documento original para su cotejo.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna
administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio,
expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la administración de quien
dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona propuesta no presentase sus documentos o no
reuniesen los requisitos exigidos, no podrá ser nombrada, y quedará anulada todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.
En este caso, la Presidencia del Tribunal formulará propuesta a favor de los que habiendo superado todas las pruebas
tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
Aprobada la propuesta de nombramiento y acreditados los requisitos exigidos, la persona opositora nombrada deberá
tomar posesión como funcionario en el plazo de 10 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura del anuncio de la resolución de nombramiento. En caso de no tomar posesión en el plazo señalado sin
causa justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza. En este caso, la Presidencia del Tribunal formulará
propuesta a favor de los que habiendo superado todas las pruebas tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
El Ayuntamiento de La Garrovilla se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar
aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
9.ª.- Constitución de bolsa de trabajo.
9.1.- Concluido el proceso selectivo, con las personas aspirantes declaradas aptas, al menos en el primer ejercicio de la
oposición, y que no hayan obtenido el puesto de trabajo, objeto de la selección, se podrá formular una bolsa de trabajo. En
todo caso, su constitución, puesta en funcionamiento y vigencia dependerá de su aprobación por la Alcaldía-Presidencia.
El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa de trabajo se establecerá en función de los siguientes criterios:
Mayor número de ejercicios aprobados y en el caso de igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de
los ejercicios aprobados. De persistir el empate se atenderá al orden del sorteo de la Junta de Extremadura de aplicación
general a todas las bolsas de trabajo para la contratación de la Comunidad Autónoma y que se hace pública en el DOE.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, sin causa justificada, dará lugar a la
exclusión de la bolsa de trabajo.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento del puesto dentro de la bolsa
de trabajo:
Por estar ocupando o acceder a otro puesto de trabajo en esta u otra administración pública.
Estar en situación de baja por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamiento hospitalario,
maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la
lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia
dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de trabajo en que se encontrará la
persona afectada.
Por estar en situación de servicios especiales, por desempeñar cargos públicos en régimen de incompatibilidad.
La bolsa de trabajo generada por la presente convocatoria permanecerá vigente hasta la creación de una nueva bolsa para
la misma categoría profesional.
10.ª.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales y del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, (Reglamento general de protección de datos), le informamos que sus
datos personales serán incorporados a los ficheros automatizados de Secretaría General y Gestión de Recursos Humanos y
Nóminas, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y
promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y
otros extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas),
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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