Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03631/2024)
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 02/2024, suplemento de créditos financiado con cargo al remanente líquido de tesorería del ejercicio anterior
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara
Cordobilla de Lácara (Badajoz)
Anuncio 3631/2024
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 02/2024, suplemento de créditos financiado con cargo
al remanente líquido de tesorería del ejercicio anterior

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 02/2024, SUPLEMENTO DE CRÉDITOS
FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA DEL EJERCICIO ANTERIOR
Habiéndose aprobado inicialmente el expediente de modificación presupuestaria, modalidad suplemento de crédito,
número 02/2024, financiado con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior, mediante acuerdo de Pleno de fecha
11 de abril de 2024 del Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara, al no haberse presentado alegaciones al mismo, se entiende
definitivamente aprobado sin necesidad de ulterior acuerdo, por lo que se publica el mismo para su general conocimiento a
los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
PRESUPUESTO DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Progr. Económica
342

632.01

Obra zona playa y ocio
embalse Boquerón

Créditos iniciales
(€)

Modificaciones de crédito
(€)

Créditos finales (€)

144.559,81

234,559.81

90.000,00

ESTADO DE INGRESOS

Aplicación: Económica
Cap.

Art.

Conc.

8

87

870.00

Descripción
Remanente de tesorería del ejercicio anterior

Euros
144.559,81

Contra el presente acuerdo conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cordobilla de Lácara, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Serván Expósito.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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