Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03559/2024)
Bases que han de regir el X Concurso de Dibujo y Pintura ciudad de Almendralejo "Manuel Antolín"
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 3559/2024

La participación en el concurso implica la aceptación de las presentes bases.
Novena: Procedimiento y resolución.
La instrucción del procedimiento de concesión de premios corresponderá a la Sección de Cultura y Educación. Realizará de
oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de
los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
El fallo del Jurado tiene carácter de propuesta y se elevará a la Junta de Gobierno Local, que es el órgano competente para la
resolución del procedimiento.
El Jurado estará compuesto por el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, que actuará de Presidente
Honorífico del mismo o concejal en quien delegue, por la Jefa de Sección de Cultura y Educación y por personalidades de
reconocida experiencia en el arte pictórico, cuyos nombres se darán a conocer oportunamente. Se designará una persona
que ejercerá las funciones de Secretario/a, entre el personal del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo de la Sección de
Cultura y Educación.
El fallo del Jurado, inapelable, se hará público en la Gala Conmemorativa del Día de Extremadura que se celebrará en
Almendralejo con fecha máxima de celebración el día 8 de septiembre de 2024. Las bases se publicarán en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de las mismas en el BOP de Badajoz.
En todo caso, el plazo máximo de resolución del premio no podrá exceder de 6 meses contados a partir de la publicación de
la correspondiente convocatoria.
Décima: Recursos.
Contra las presentes bases reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de
reposición ante el órgano que dicta el acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se
estime pertinente.
Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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