Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Capilla. (03491/2024)
Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios de alquiler de locales de usos múltiples municipales
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Ayuntamiento de Capilla

Anuncio 3491/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Capilla
Capilla (Badajoz)
Anuncio 3491/2024
Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios de
alquiler de locales de usos múltiples municipales

APROBACIÓN DEFINITIVA DEROGACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ALQUILER DE LOCALES DE USOS MÚLTIPLES MUNICIPALES
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento, tomado en la sesión extraordinaria de 22 de mayo de 2024,
sobre la derogación de la Ordenanza reguladora del precio público por el servicio de alquiler de local de usos múltiples
municipales, en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Considerando que la vigente Ordenanza reguladora del precio público por el servicio de alquiler de local de usos múltiples
municipales se publicó en el BOP número 189 de 4 de octubre de 2011, y la modificación de la misma se publicó de manera
definitiva en el BOP número 163 del 26 de agosto de 2022.
Con el fin de regularizar el servicio, así como el carácter de la prestación se procederá a la derogación de la actual
Ordenanza reguladora del precio público por el servicio de alquiler de local de usos múltiples municipales, así como la
posterior aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por uso de instalaciones y locales municipales.
El pleno de la Corporación de Capilla, en sesión extraordinaria celebrada el 22 de mayo de 2024, aprobó la derogación de la
Ordenanza reguladora del precio público por el servicio de alquiler de local de usos múltiples municipales por los siguientes
motivos: Regularizar el servicio con el fin de establecer el precio público del mismo.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Mérida.
En Capilla, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Alfonsa Calderón Ramírez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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