Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros. (03417/2024)
Aprobación inicial del Reglamento regulador del canal de denuncias
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Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros
Salvatierra de los Barros (Badajoz)
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Aprobación inicial del Reglamento regulador del canal de denuncias

APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL CANAL DE DENUNCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE SALVATIERRA DE
LOS BARROS
Aprobado inicialmente el Reglamento del canal de denuncias del Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros, por acuerdo del
Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 11 de julio de 2024; de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a
información pública por plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia, para que pueda ser examinado y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección
https://salvatierradelosbarros.sedelectronica.es/).
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se
considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 49 in fine de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
En Salvatierra de los Barros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Abel Caro Díaz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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