Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03428/2024)
Bases generales del proceso selectivo para la provisión mediante concurso oposición por promoción interna, en régimen de funcionario de carrera, de la plaza vacante de Administrativo en la plantilla del Ayuntamiento
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos

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Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada al Tribunal con absoluta libertad de criterios.
La no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de ser llamados determinará automáticamente el
decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del
procedimiento selectivo.
Séptima.- Sistema de selección y desarrollo de las pruebas.
El sistema selectivo para la cobertura de dicha plaza será el de concurso-oposición, que constará de dos fases;
Primera fase: Concurso. Se celebrará previamente a la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación
obtenida en el concurso no podrá utilizarse para superar la fase de oposición, la cual sí tendrá carácter eliminatorio.
Segunda fase: Oposición. Consistirá en la resolución, en un máximo de noventa minutos, de uno o varios supuestos
prácticos que versarán sobre materias de la parte específica relacionadas en el programa incluido en el anexo II.
Fase de concurso: Consistirá en la asignación a los aspirantes de una puntuación determinada de acuerdo con el baremo
que se establece, computándose los méritos obtenidos hasta la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Dicho baremo será el siguiente;
7.1.- Experiencia profesional. La puntuación máxima que podrá obtenerse por experiencia profesional será de
6 puntos. El baremo a utilizar es el siguiente;
7.1.a) Por cada año desempeñando funciones propias de administrativo en las
administraciones públicas; 0,20 puntos por cada mes desempeñado. (Acreditado mediante
certificado de empresa).
7.1.b) Por cada año de antigüedad en las administraciones públicas; 0,05 puntos por cada mes
desempeñado. (Acreditado mediante certificado de empresa).
7.2.- Formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que podrá obtenerse por este apartado será de
4 puntos, conforme al siguiente baremo;
7.2.a).- Titulaciones oficiales: Por cada titulación oficial distinta de la exigida para acceder a
administrativo, de nivel igual o superior a ésta; 1,00 puntos por cada titulación.
7.2.b).- Cursos de perfeccionamiento. 0,004 puntos por cada hora lectiva de curso. No serán
valorados seminarios o cursos con una duración inferior a 10 horas.

Los cursos, para ser puntuados, deberán relacionarse directamente con las funciones de las plazas a cubrir o versar sobre el
temario establecido con carácter general para Administrativos. También podrán ser puntuados cursos sobre la estructura
general y organización de la administración municipal así como los relativos a prevención de riesgos laborales.
Los cursos deberán haber sido impartidos por entes públicos o por centrales sindicales en el marco de la formación
continua del personal. El Tribunal tiene la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de cursos, títulos y
demás aspectos del concurso. La puntuación de los cursos de formación por el apartado 7.2.b) se realizará sumando el total
de horas de todos los cursos puntuables de forma conjunta, multiplicando después dicho total por 0,004 puntos, siendo la
cifra resultante la puntuación del citado apartado, respetando el límite máximo establecido en esta base 7.2. Una vez
valorado por el órgano de selección el concurso, éste hará público el resultado del mismo con un plazo de subsanación y
reclamación ante el mismo de cinco días hábiles. Tras ello, se expondrán públicamente las valoraciones definitivas del
concurso. En caso de no presentarse reclamaciones, las valoraciones provisionales devendrán en definitivas.
Fase de oposición: Consistirá en superar la siguiente prueba:
- Primer ejercicio: Consistirá en la resolución, en un máximo de noventa minutos, de uno o varios supuestos
prácticos que versarán sobre materias de la parte especifica relacionadas en el programa incluido en el anexo
II y que se calificará de 0 a 10 puntos.
Para superar la prueba será necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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