Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03376/2024)
Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local
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Ayuntamiento de Barcarrota

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Barcarrota
Barcarrota (Badajoz)
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Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local

Don Miguel Rodríguez Agudo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barcarrota, en uso de las facultades conferidas por el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha resuelto dictar el siguiente.
DECRETO
Con el objetivo de optimizar la gestión municipal y mejorar el reparto competencial dentro de esta Corporación, esta
Alcaldía entiende necesaria la modificación de las competencias atribuidas legalmente en el artículo 21 de la Ley 7/1985, por
lo que en base a lo expuesto, se
RESUELVE
Primero.- Delegar en la Junta de Gobierno Local constituida en la sesión ordinaria del 11 de julio de 2023, la
competencia establecida en el artículo 21.1 apartado q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, en relación al otorgamiento de licencias.
Segundo.- Las competencias delegadas en la Junta de Gobierno no podrán ser delegadas por estos en otro
órgano o autoridad.
Tercero.- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos de
este Ayuntamiento. De la misma se dará cuenta al Pleno en la inmediata sesión que se celebre.
Cuarto.- El presente decreto surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 10 de julio próximo.
En Barcarrota, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Miguel Rodríguez Agudo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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