Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03343/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo por el sistema general de turno libre
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zalamea de la Serena
Zalamea de la Serena (Badajoz)
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Bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo por el sistema general de turno libre

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO POR EL SISTEMA
GENERAL DE TURNO LIBRE, DEL AYUNTAMIENTO DE ZALAMEA DE LA SERENA
Con el presente se procede a la publicación del decreto de fecha 8 de julio de 2024 por el cual se acuerda la aprobación de
las bases que han de regir el procedimiento de selección para la constitución de una bolsa de trabajo en el Ayuntamiento de
Zalamea de la Serena.
Dichas bases se transcriben literalmente a continuación:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA EL AYUNTAMIENTO DE
ZALAMEA DE LA SERENA
Primera. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la formación de una bolsa de trabajo para cubrir las necesidades temporales que
pueda necesitar el Ayuntamiento de Zalamea de la Serena, de acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el Real Decreto
Ley 32/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado del trabajo, siendo dicho supuesto el de circunstancias de la producción o por sustitución de la
persona trabajadora.
Así mismo, cuando sea necesaria la contratación de personal para la ejecución de proyectos financiados por la Unión
Europea, y en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real Decreto Ley 32/2021, se hará igualmente uso
de las bolsas que se constituyan, observando las presentes bases.
La especialidad que se convoca es la siguiente:
Auxiliar de Información Turística.
El personal contratado lo será a cargo del presupuesto municipal del Ayuntamiento y siempre que lo permitan las
circunstancias de liquidez del Ayuntamiento.
Segunda.-Requisitos de los aspirantes.
Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o nacionalidad
de algún Estado en el que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y
sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21
años o mayores de dicha edad dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su
solicitud, el documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes, de la titulación exigida en cada una de las categorías a la que se opte.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, no padeciendo enfermedad o defecto físico
o psíquico que impida el normal desempeño de las funciones encomendadas.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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