Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03349/2024)
Suplencia del Presidente 2024
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
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Suplencia del Presidente 2024

SUPLENCIA DEL PRESIDENTE
Para general conocimiento, se hace público que el Presidente de la Institución Provincial, con fecha de firma electrónica, ha
dictado resolución del siguiente tenor literal:
"Al objeto de no crear situación de vacío en la titularidad de la institución, debido a la ausencia del Presidente
de la misma, por el disfrute de las vacaciones estivales reglamentarias 2024, resulta conveniente programar la
sustitución legal, de acuerdo con la normativa vigente en la materia, reguladora de los casos de ausencias de
cualquier índole.
Y en base a ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
concordante con el 67 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como el 11 del Reglamento
Orgánico Provincial, al particular planteado.
RESUELVO:
Primero.- Designar a las Vicepresidentas segunda y primera de la Institución, doña Carmen Yánez Quirós, y
doña Raquel del Puerto Carrasco, para que durante los períodos comprendidos entre los días 1 al 15 y 16 al
26 de agosto de 2024 -inclusivos-, ejerzan en el orden señalado, la representación de la Institución Provincial
de Badajoz, sustituyéndome en el ejercicio del cargo de Presidente de la Corporación, con plena capacidad
resolutoria en los trámites administrativos que se produzcan, así como en cada una de las delegaciones
conferidas para las Áreas Funcionales y Departamentos Institucionales (BOP 11/4/2024), que en el mismo
período se encuentren vacantes.
Segundo.- Formalizar los trámites y notificaciones oficiales, a la efectividad de cuanto se dispone en esta
resolución, debiendo darse cuenta al Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria que celebre, conforme a
lo determinado en el artículo 58, d) del Real Decreto referido.
Lo dispone así el Presidente de la institución, y al efecto, por el Secretario General se toma razón, para su
transcripción al libro electrónico de resoluciones, a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad,
calidad, confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme
a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional".
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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