Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03248/2024)
Bases de la convocatoria para dos plazas de Operario de Servicios Múltiples, personal laboral fijo, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo público
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 3248/2024

En las orientaciones publicadas por la Secretaría de Estado de Función Pública en abril de 2022 para la puesta en marcha de
los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, indica sobre los procesos derivados de la D.A. 6.ª y 8.ª que el sistema será el concurso de
valoración de méritos, y podrán consistir en la valoración, a modo orientativo, de los méritos previstos en el apartado
dedicado a los procesos de concurso-oposición, en donde los méritos profesionales no podrán superar más de un 60% del
total de la puntuación máxima, ni los méritos académicos menos de un 40%.
En todo caso se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado 3.2., relativo a la prohibición de que los procesos sean
restringidos. Ello implica que ni formal ni materialmente supongan la imposibilidad real de que personas distintas de
quienes vengan ocupando los puestos se presenten a las mismas y, en caso de tener la puntuación necesaria, puedan
obtener la plaza.
FASE DE CONCURSO.
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 100 puntos:
7. A. Experiencia profesional (60 puntos máximo).
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino/a contratación temporal o indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
A.1.- Por cada mes completo de servicios prestados en la administración convocante (Patronato
Centro Especial de Empleo "ciudad de Fuente del Maestre"), por servicios prestados como
personal funcionario interino en el mismo cuerpo o escala o como personal laboral temporal
en la misma categoría profesional de la plaza convocada, se otorgarán 0,45 puntos.
A.2.- Por cada mes completo de servicios prestados en la administración convocante (Patronato
Centro Especial de Empleo "ciudad de Fuente del Maestre") o en el Ayuntamiento de Fuente del
Maestre, por servicios prestados como personal funcionario interino en otros cuerpos o escalas
o como personal laboral temporal en otras categorías profesionales distintas a la plaza
convocada se otorgarán 0,40 puntos.
A.3.- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en
plazas de igual denominación y del mismo cuerpo o escala o grupo profesional que el de las
plazas convocadas, se otorgarán 0,15 puntos.
Los servicios prestados para el Patronato Centro Especial de Empleo "ciudad de Fuente del Maestre se
acreditarán mediante el correspondiente certificado de servicios prestados emitido de oficio por el
departamento de personal, que lo remitirá al Tribunal de selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la
Corporación o entidad, acompañados de vida laboral actualizada, debiendo constar la siguiente información:
Puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha
de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses completos. Los servicios prestados en jornada a
tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose las fracciones de tiempo de servicio
inferiores a un mes.
Se computarán como periodos de servicios prestados a todos los efectos los correspondientes a las siguientes
situaciones: Excedencia por cuidado de hijos o familiares, excedencia por razón de violencia de género,
excedencia forzosa, servicios especiales, incapacidad laboral temporal, permisos de maternidad y paternidad,
por situación de riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni mediante contrato
administrativo o de servicios los prestados, en el sector privado.
7. B. Formación (40 puntos máximo):
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta
los méritos adquiridos con anterioridad a la la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.
No se valorarán los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los
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