Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03319/2024)
Aprobación definitiva del presupuesto general para 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Anuncio 3319/2024
El cargo de Concejal de Cultura y Servicios Social, desempeñado con exclusividad por Ana Belén Romero percibirá una
retribución anual bruta 1.900,97 € mensuales.
El cargo de Alcalde-Presidente desempeñado por don Julio Solana Muñoz dedicación parcial del 75%, percibirá una
retribución mensual neta de 2.125,72 € mensuales.
El cargo de cargo de Concejal de Deportes, Personal, Juventud y tiempo libre por las responsabilidades desempeñado por
don Yaiza Lozano Utrero, percibirá una retribución una retribución 1.500,97 € mensuales con dedicación parcial del 75%.
b) Indemnizaciones y asistencias, que sólo se percibirán por aquellos miembros de la Corporación que no se encuentren en
régimen de dedicación exclusiva o parcial.
Concepto
Cuantía
Asistencias a Pleno:
80,00 €
Asistencias a Comisiones y Juntas de Gobierno Local:
Comisiones de servicios
Media dieta
Dieta completa
Pernocta
50,00 €
Según leg. autonómica.
Se satisfarán previa presentación de la correspondiente factura.
c) Indemnizaciones por razones de servicio.
Para las referidas indemnizaciones será de aplicación el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de la Consejería de
Administración Pública y Hacienda, estableciéndose el sistema de resarcimiento por la cuantía exacta de los gastos
realizados, derivados de las comisiones de servicios o bien, las cuantías establecidas para el grupo 1 por el Real Decreto
462/02, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
La percepción de estas cuantías exigirá la presentación de modelo normalizado por parte del miembro de la Corporación en
donde se explicite el gasto realizado y se acompañen las facturas o tiques justificativos, siendo necesario el visto bueno del
Alcaldía.
Los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir por adelantado el importe aproximado de las dietas y gastos de
viaje, sin perjuicio de la devolución o ingreso, en función de la cuantía que proceda, una vez finalizada la comisión de
servicio.
Esta reglamentación queda afectada por las posibles mejoras económicas o de otra índole que pudieran establecerse en las
disposiciones legales que se citan al inicio de esta Base como consecuencia de modificaciones a las mismas.
d) Gastos protocolarios.
Las facturas correspondientes a gastos de protocolo o de representación deberán acompañarse de un informe del
responsable correspondiente que indique sucintamente el motivo y, en su caso, la verificación de su elegibilidad.
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica la masa
salarial del personal laboral fijo de la Corporación Local aprobada para el ejercicio 2024, es de 490.000,00 €.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El cargo de Concejal de Cultura y Servicios Social, desempeñado con exclusividad por Ana Belén Romero percibirá una
retribución anual bruta 1.900,97 € mensuales.
El cargo de Alcalde-Presidente desempeñado por don Julio Solana Muñoz dedicación parcial del 75%, percibirá una
retribución mensual neta de 2.125,72 € mensuales.
El cargo de cargo de Concejal de Deportes, Personal, Juventud y tiempo libre por las responsabilidades desempeñado por
don Yaiza Lozano Utrero, percibirá una retribución una retribución 1.500,97 € mensuales con dedicación parcial del 75%.
b) Indemnizaciones y asistencias, que sólo se percibirán por aquellos miembros de la Corporación que no se encuentren en
régimen de dedicación exclusiva o parcial.
Concepto
Cuantía
Asistencias a Pleno:
80,00 €
Asistencias a Comisiones y Juntas de Gobierno Local:
Comisiones de servicios
Media dieta
Dieta completa
Pernocta
50,00 €
Según leg. autonómica.
Se satisfarán previa presentación de la correspondiente factura.
c) Indemnizaciones por razones de servicio.
Para las referidas indemnizaciones será de aplicación el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de la Consejería de
Administración Pública y Hacienda, estableciéndose el sistema de resarcimiento por la cuantía exacta de los gastos
realizados, derivados de las comisiones de servicios o bien, las cuantías establecidas para el grupo 1 por el Real Decreto
462/02, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
La percepción de estas cuantías exigirá la presentación de modelo normalizado por parte del miembro de la Corporación en
donde se explicite el gasto realizado y se acompañen las facturas o tiques justificativos, siendo necesario el visto bueno del
Alcaldía.
Los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir por adelantado el importe aproximado de las dietas y gastos de
viaje, sin perjuicio de la devolución o ingreso, en función de la cuantía que proceda, una vez finalizada la comisión de
servicio.
Esta reglamentación queda afectada por las posibles mejoras económicas o de otra índole que pudieran establecerse en las
disposiciones legales que se citan al inicio de esta Base como consecuencia de modificaciones a las mismas.
d) Gastos protocolarios.
Las facturas correspondientes a gastos de protocolo o de representación deberán acompañarse de un informe del
responsable correspondiente que indique sucintamente el motivo y, en su caso, la verificación de su elegibilidad.
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica la masa
salarial del personal laboral fijo de la Corporación Local aprobada para el ejercicio 2024, es de 490.000,00 €.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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